El año 2014 nos va a presentar dos situaciones novedosas en el contexto de la Unión Europea: el referéndum en Escocia y la propuesta de convocatoria del mismo en Catalunya. Dos realidades que van a poner a prueba nuestra capacidad para innovar, también en política y derecho.

La diferencia entre ambas, dentro de una multiplicidad de factores.  radica en el grado de acuerdo o no alcanzado en torno a la convocatoria de la consulta. En el caso escocés, tanto las autoridades escocesas como las británicas han llegado a un acuerdo sobre la conveniencia de la misma, su contenido y fecha. En el caso catalán, las instituciones catalanas no han alcanzado un acuerdo con las autoridades españolas. En Euskadi, tras la experiencia del Plan Ibarretxe, en la que tampoco el gobierno autónomo consiguió la acogida necesaria en las instituciones del estado, se va a abrir un espacio parlamentario de reflexión y debate sobre un futuro nuevo estatus político y jurídico para la ciudadanía vasca. Magnífica oportunidad para innovar también en política.

Girona 12-12-09 (97)

¿Qué significado profundo podemos encontrar a estos fenómenos en curso? ¿Qué indica la confluencia en el tiempo de dichos procesos en el consolidado espacio político de los estados en la Europa comunitaria?

Las respuestas pueden ser muchas y variopintas. Quisiera aportar mi punto de vista a la reflexión y debate.

Hay realidades nacionales que no han encontrado un satisfactorio encaje en los estados en los que han debido manifestar su expresión política. No es tanto una cuestión de derechos históricos  desde los que apelar a su singularidad, como de escuchar la voluntad de su ciudadanía actual, clara, manifiesta y reiterada, de alcanzar cotas de soberanía política que permitan un autogobierno suficiente, adecuado y necesario para hacer frente a los retos actuales en los planos económico, social, educativo, cultural, de salud y medioambiental.

Ante este hecho político, manifestado abiertamente en el contexto presente, caben tres tipos de posturas, con una secuencia infinita de soluciones intermedias y mestizas: el inmovilismo, la ruptura o la innovación.

En la primera postura, el inmovilismo, las instituciones de los estados respectivos pueden acogerse a la fuerza de los marcos jurídico-políticos actuales (Tratados de la Unión y texto constitucional correspondiente) para permanecer en el statu quo ya conocido y reconocido.  No cabe duda que las mayorías a nivel estatal y el respaldo comunitario favorecerán esta toma de postura. Pero, considero que no soluciona la cuestión planteada, simplemente la ignora.

En la segunda postura, la ruptura, las autoridades de las instituciones sub-estatales, no encontrando acomodo en los marcos jurídico-políticos actuales, pueden sugerir vías de consulta parlamentaria y/o ciudadana, que deriven en la posibilidad de segregación. La ausencia de consensos con las instituciones del estado respectivo puede llevar la situación a una dinámica de enfrentamiento sin retorno.  Pero, incluso la realización de la consulta y un resultado a favor por la independencia no soluciona la cuestión de fondo, simplemente la traslada a otro escenario.

En la tercera postura, la innovación, instituciones del estado y de sub-estatales pueden aplicar las mismas fórmulas de cambio y transformación de organizaciones, estructuras y procesos que aplican a los campos de la economía o de la investigación, al campo político con el fin de encontrar las fórmulas jurídicas adecuadas al problema planteado.

Se trata, por lo tanto, de identificar correctamente el problema para innovar en las soluciones. No estamos ante el problema de los nacionalismos del siglo XIX o de la autodeterminación del siglo XX. El problema al que nos enfrentamos es el encaje de las realidades sub-estatales (naciones y ciudades) en la Europa del siglo XXI. Se trata de garantizar las cuotas de soberanía suficientes de cada realidad política, incluidas naciones y ciudades, para hacer frente a los retos de la globalización del espacio y la aceleración del tiempo en un mundo emergente. Si la formulación de soberanías compartidas encuentra acogida en los marcos jurídico-político-institucionales no será necesario aferrarse al inmovilismo ni  llegar a plantear procesos de independencia, tan sólo será necesario consensuar nuestras mutuas dependencias objetivas (estructuras y procesos) y subjetivas (emociones, valores y motivaciones).

Pero, no deja de ser mi punto de vista.   

Girona 12-12-09 (99)