Todo lo que necesitas saber para emprender (Parte II)

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Para iniciar un negocio, lo más común entre pequeños emprendedores es constituir una Sociedad Limitada (SL) o directamente, como trabajadores autónomos.

La SL necesita como mínimo un socio y un capital inicial de 3.000 euros. La tramitación la pueden hacer empresas especializadas (gestorías o asesorías) o los Puntos de Asesoramiento e Iniciación de Tramitación (PAIT), que son públicos. También es posible realizar los trámites por nuestra cuenta acudiendo directamente a la Administración, vía «on-line» o de forma presencial.

A través del portal de la Unión Europea podemos acceder a la tramitación necesaria según la comunidad autónoma de residencia y el sector al que nos queramos dedicar y, también es útil para cualquier país europeo. Esta tramitación, suele tener unos costes totales de unos 600 euros.

TRÁMITES PARA CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA:

  1. En el Registro Mercantil solicitamos una «denominación negativa», es decir, que no existe otra sociedad con el mismo nombre que habíamos pensado para la nuestra. Esta operación tarda en torno a los dos días y pueden pedirse hasta tres nombres a la vez. Es posible tramitarlo vía «on line«.
  2. Solicitar a Hacienda un CIF provisional, que te proporcionaran al momento.
  3. Con la denominación negativa y el CIF, abrir una cuenta a nombre de la empresa e ingresar 3.000 euros. Esta cantidad puede ser toda en efectivo o parte en bienes invertidos con las correspondientes facturas.
  4. Elaborar los estatutos de la sociedad. Con estos estatutos, el justificante del ingreso bancario, el CIF y la denominación negativa, acudir al notario para escriturar la sociedad.
  5. Con esta escritura, ir a la oficina correspondiente de la comunidad autónoma para pagar los actos jurídicos y transmisiones patrimoniales.
  6. Presentar en el Registro el justificante de pago a la comunidad autónoma correpondiente. ¡OJO! Solo tenemos 30 días para realizar esta operación.
  7. Una vez registrados, acudir a Hacienda para pedir el CIF definitivo y darnos de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  8. Tras el último paso, tenemos 10 días para darnos de alta como autónomos en la Seguridad Social (al menos uno de los socios).

TRÁMITES PARA DARSE DE ALTA COMO AUTÓNOMO:

  1. Ir a Hacienda y rellenar el modelo 037 simplificado, con lo que nos darán el CIF.
  2. Con ese modelo validado, acudir a la Seguridad Social y darnos de alta como trabajador autónomo.
     

    Autor del texto: Joan Jolis

1 comentario en “Todo lo que necesitas saber para emprender (Parte II)”

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