{"id":249,"date":"2024-12-30T12:16:15","date_gmt":"2024-12-30T11:16:15","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/?p=249"},"modified":"2024-12-30T19:21:49","modified_gmt":"2024-12-30T18:21:49","slug":"cuando-los-efectos-de-las-transiciones-ecologica-y-digital-amenazan-nuestro-sector-de-fabricacion-de-vehiculos-de-motor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/2024\/12\/30\/cuando-los-efectos-de-las-transiciones-ecologica-y-digital-amenazan-nuestro-sector-de-fabricacion-de-vehiculos-de-motor\/","title":{"rendered":"Cuando los efectos de las transiciones ecol\u00f3gica y digital amenazan nuestro sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor"},"content":{"rendered":"\n<p>El 27 de septiembre se public\u00f3 en el BOE la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2024-27144\">Orden PJC\/1472\/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la activaci\u00f3n del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilizaci\u00f3n del Empleo, para el sector de la fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Como es sabido, el art\u00edculo 47bis del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2015-11430\">TRLET<\/a> prev\u00e9 dos modalidades de ERTE dentro del Mecanismo RED, y los empresarios podr\u00e1n solicitarlas una vez que el Consejo de Ministros active dicho mecanismo.<\/p>\n\n\n\n<p>En concreto, en esta ocasi\u00f3n el Consejo de Ministros ha activado la modalidad sectorial, que es la modalidad que se prev\u00e9 cuando en un determinado sector o sectores de actividad se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificaci\u00f3n y de procesos de transici\u00f3n profesional de los trabajadores, con una duraci\u00f3n m\u00e1xima inicial de un a\u00f1o y la posibilidad de 2 pr\u00f3rrogas de 6 meses cada una.<\/p>\n\n\n\n<p>Llama la atenci\u00f3n que la activaci\u00f3n no ha sido una iniciativa de los sindicatos y las asociaciones empresariales m\u00e1s representativas a nivel estatal, pese a que est\u00e9n facultados para comenzar con los tr\u00e1mites pertinentes.<\/p>\n\n\n\n<p>En la referida <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2024-27144\">Orden PJC\/1472\/2024<\/a>, se justifica la activaci\u00f3n de la modalidad sectorial se\u00f1alando que: \u00abEn el sector de las empresas de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos se est\u00e1n produciendo una serie de cambios, previsiblemente permanentes, que generan necesidades de recualificaci\u00f3n y de procesos de transici\u00f3n profesional de las personas trabajadoras hacia otras formas de producci\u00f3n que hacen procedente la aplicaci\u00f3n del Mecanismo RED, en su modalidad sectorial, para proteger el empleo y garantizar la competitividad futura de un sector estrat\u00e9gico para la econom\u00eda espa\u00f1ola\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, tambi\u00e9n se mencionan los factores que amenazan a nuestro sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos, al considerar que: \u00abeste sector enfrenta importantes problemas estructurales y coyunturales, como la transici\u00f3n hacia la movilidad el\u00e9ctrica, los avances en automatizaci\u00f3n y la presi\u00f3n de mercados internacionales como Asia y Am\u00e9rica del Norte, que exigen una transformaci\u00f3n profunda de las cadenas productivas y una recualificaci\u00f3n masiva de las personas trabajadoras\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se recuerda que: \u00abEste sector se enmarca en los compromisos adquiridos por Espa\u00f1a en el \u00e1mbito europeo e internacional, como el Pacto Verde Europeo, y responde a la necesidad de avanzar hacia un modelo productivo m\u00e1s sostenible y competitivo. La industria de la automoci\u00f3n, con un gran peso espec\u00edfico en esta materia, se enfrenta a una transici\u00f3n hacia formas de transporte m\u00e1s sostenibles, siendo esto esencial para reducir la dependencia de los combustibles f\u00f3siles, mejorar la calidad del aire y cumplir los objetivos clim\u00e1ticos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Del mismo modo, se reconoce que como consecuencia de todo ello nuestras empresas se ven \u00abafectadas por la p\u00e9rdida de producci\u00f3n de veh\u00edculos de combusti\u00f3n sostenida en el tiempo\u00bb, y que, en consecuencia, \u00abhan visto disminuida su actividad de manera permanente\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Por todo ello, el objetivo es dotar a las empresas del sector \u00abde herramientas para asegurar la recualificaci\u00f3n de a las personas a su servicio, de forma que puedan seguir formando parte de un sector en evoluci\u00f3n\u00bb. En ese sentido, se prev\u00e9 que: \u00abLas acciones formativas habr\u00edan de estar relacionadas, entre otros, con los cambios permanentes derivados de la transici\u00f3n tecnol\u00f3gica, tales como el uso de nuevas tecnolog\u00edas o la fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos h\u00edbridos y el\u00e9ctricos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>De este modo, se considera que la activaci\u00f3n del Mecanismo Red, en su modalidad sectorial, se justifica \u00abporque proporciona a las empresas la necesaria flexibilidad para adaptarse a la nueva situaci\u00f3n, al tiempo que incentiva las acciones formativas oportunas para culminar el proceso de transformaci\u00f3n del sector\u00bb. Es m\u00e1s, se entiende que: \u00abEllo permitir\u00e1 la cualificaci\u00f3n y la recualificaci\u00f3n de las personas trabajadoras, lo que contribuir\u00e1 a sentar una de las bases para fortalecer la competitividad de las empresas afectadas por este proceso de cambios y posicionarlas adecuadamente para las necesidades futuras de producci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, sin entrar ahora en las condiciones que se fijan para las empresas que quieran solicitar esta modalidad de ERTE, a las que nos referiremos m\u00e1s adelante, cabe preguntarse por qu\u00e9 nos encontramos en esta situaci\u00f3n y si el dinero p\u00fabico que se va a invertir en todo ello va a ser suficiente para mantener nuestras empresas del sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor. No seremos nosotros los que respondamos a estas cuestiones, pero s\u00ed quienes mostremos el contexto en el que nos encontramos, a la luz de distintos instrumentos jur\u00eddicos publicados por instituciones de la Uni\u00f3n Europea, as\u00ed como quienes propongamos estudiar alguna otra alternativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El contexto en el que nos encontramos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un instrumento interesante para entender a qu\u00e9 obedece la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2024-27144\">Orden PJC\/1472\/2024<\/a> es el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=OJ:C_202402096\">Dictamen del Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo sobre \u00abForjar una nueva estrategia europea en pro del mercado interior: tender puentes entre la competitividad y los retos tecnol\u00f3gicos, sociales y medioambientales de nuestras empresas\u00bb<\/a>, de 17 de enero de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>En efecto, al analizar la nueva estrategia empresarial que se considera necesaria para la Uni\u00f3n Europea, se se\u00f1ala que esta debe \u00abdesarrollar una econom\u00eda industrial s\u00f3lida que sea ecol\u00f3gica, digital, sostenible y justa, limitar las dependencias excesivas, garantizar el acceso a fuentes seguras y sostenibles de materias primas fundamentales, consolidar el modelo social europeo y defender los derechos humanos fundamentales\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>En la misma l\u00ednea se afirma que, en el contexto de la doble transici\u00f3n ecol\u00f3gica y digital, \u00abel mercado interior y la pol\u00edtica industrial de la UE deben favorecer una competitividad inclusiva y sostenible que mantenga un elevado grado de protecci\u00f3n social y medioambiental, empleos de calidad y condiciones equitativas y solidarias que preserven el modelo de una econom\u00eda social de mercado altamente competitiva\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>A priori, todo ello parece imposible de realizar, por contradictorio, partiendo de la realidad de nuestras empresas y del contexto global. De entrada, nuestras empresas no pueden ser competitivas si compiten con empresas de pa\u00edses en los que no se respetan los derechos humanos fundamentales, no adoptan ninguna medida para avanzar en la denominada transici\u00f3n ecol\u00f3gica, no existe una protecci\u00f3n social adecuada y los costes laborales son much\u00edsimo m\u00e1s baratos. Adem\u00e1s, muchos de estos pa\u00edses est\u00e1n invirtiendo en la investigaci\u00f3n sobre nuevas tecnolog\u00edas y digitalizaci\u00f3n, superando ya en muchos \u00e1mbitos a la Uni\u00f3n Europea, como sucede en el sector que nos ata\u00f1e.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero el Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo (CESE) es consciente de ello y para revertir la situaci\u00f3n aboga claramente por fomentar el esp\u00edritu empresarial. As\u00ed, considera que es necesario \u00abdar prioridad a las pol\u00edticas que proporcionen a las empresas privadas un marco para la innovaci\u00f3n y favorezcan la innovaci\u00f3n\u00bb. Adem\u00e1s, se afirma que \u00ablas inversiones destinadas a aumentar la productividad se antojan fundamentales para el crecimiento de toda econom\u00eda\u00bb. En lo que se refiere a las Pymes, se afirma que: \u00abLa excesiva burocracia en cuanto a obligaciones de informaci\u00f3n, documentaci\u00f3n y prueba dificulta cada vez m\u00e1s la actividad principal de las pymes. Debe prevalecer (\u2026) el principio de \u201cpensar primero a peque\u00f1a escala\u201d\u00bb. Igualmente, se considera de gran importancia que las pymes cuenten con \u00abuna normativa clara y con procedimientos pragm\u00e1ticos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se refiere a la importancia de posicionarse \u00abclaramente contra las tendencias proteccionistas y las pr\u00e1cticas comerciales desleales\u00bb. En este punto es relevante el hecho de que se mencione la necesidad de evaluar las ayudas estatales que las autoridades de Estados no miembros de la UE conceden a sus empresas, as\u00ed como la necesidad de impedir que esas empresas y sus productos se beneficien de un trato preferente injusto cuando acceden al mercado interior de la UE.<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, seg\u00fan el <a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/web-publications\/global-innovation-index-2024\/assets\/67729\/2000%20Global%20Innovation%20Index%202024_WEB3lite.pdf\">\u00cdndice Mundial de Innovaci\u00f3n (GII)<\/a>, de 2024, Espa\u00f1a ocupa la 28\u00aa posici\u00f3n entre 133 pa\u00edses, y en la regi\u00f3n Europea la 17\u00aa posici\u00f3n. Pa\u00edses como Suecia, Reino Unido, Finlandia, Pa\u00edses Bajos, Alemania, Dinamarca, Francia, Estonia, Austria, Irlanda, Luxemburgo, Islandia, Italia o Chipre se sit\u00faan en mejor posici\u00f3n. En suma, todav\u00eda hay un amplio margen de mejora.<\/p>\n\n\n\n<p>A comienzos de a\u00f1o nos llam\u00f3 la atenci\u00f3n el estudio realizado para la BBVA por Dom\u00e9nech y Sicilia <a href=\"https:\/\/www.bbvaresearch.com\/wp-content\/uploads\/2024\/02\/Observatorio_La_inversion_en_Espana_y_en_Europa_WB.pdf\">\u00abLa inversi\u00f3n en Espa\u00f1a y en la UE\u00bb<\/a> (febrero de 2024), dado que en el mismo se afirmaba lo siguiente: \u00abLa Formaci\u00f3n Bruta de Capital Fijo por persona en edad de trabajar en Espa\u00f1a se situ\u00f3 en 2023T3 en 2.217 euros, un 5,3% menos que en 2001. Por el contrario, en la UE27 se situ\u00f3 en 3.282 euros, un 35,6% m\u00e1s que en 2001 y un 48,0% m\u00e1s que en Espa\u00f1a. Este pobre desempe\u00f1o relativo de la inversi\u00f3n por persona en edad de trabajar durante m\u00e1s de una d\u00e9cada es, sin duda, uno de los factores que explican que la renta per c\u00e1pita relativa de Espa\u00f1a haya ca\u00eddo desde el 105,2% del promedio de la UE en 2006 hasta el 86,7% en 2023, as\u00ed como de la productividad del trabajo\u00bb. Sin duda, tambi\u00e9n en esto existe un amplio margen de mejora.<\/p>\n\n\n\n<p>Las cr\u00edticas por las elevadas cargas burocr\u00e1ticas son constantes durante los \u00faltimos a\u00f1os en Espa\u00f1a. Como muestra de ello, cabe destacar una <a href=\"ttps:\/\/cepyme.es\/storage\/2022\/10\/NdP-CEPYME-avisa-de-que-la-productividad-de-la-empresa-espanola-se-ha-desplomado-un-75-en-los-ultimos-cuatro-anos.pdf\">nota de prensa<\/a> de CEPYME de 2022 y un informe de las Asociaci\u00f3n de Empresas de Gipuzkoa (ADEGI) de este mismo a\u00f1o, en el que se concluye que las abundantes cargas administrativas que afectan a los negocios entorpecen el progreso empresarial (puede consultarse la noticia sobre este \u00faltimo informe <a href=\"https:\/\/www.noticiasdegipuzkoa.eus\/economia\/2024\/04\/07\/patronal-guipuzcoana-adegi-alerta-excesiva-burocracia-8047637.html\">aqu\u00ed<\/a>).<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con todo ello, el propio CESE public\u00f3 el 31 de mayo de 2024 su Dictamen sobre la <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=OJ:C_202404668\">\u00abComunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo y al Comit\u00e9 de las Regiones relativa al noveno informe sobre la cohesi\u00f3n\u00bb<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo se reconoce que: \u00abEl proceso de transici\u00f3n hacia una Europa m\u00e1s inteligente y ecol\u00f3gica exigir\u00e1 enormes esfuerzos por parte de la sociedad en su conjunto y un volumen de inversi\u00f3n sin precedentes\u00bb. Adem\u00e1s, se advierte que: \u00abLos retos que plantea la doble transici\u00f3n y sus ambiciosos objetivos requieren rapidez y preparaci\u00f3n, por lo que es esencial simplificar el acceso a estos instrumentos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, tras afirmar que: \u00abLas regiones cuya base manufacturera es menos competitiva tambi\u00e9n carecen de inversiones adecuadas en infraestructuras, innovaci\u00f3n, educaci\u00f3n, seguridad social y otros \u00e1mbitos clave\u00bb, resalta la \u00abimportancia de las inversiones productivas para estimular la competitividad y el crecimiento econ\u00f3mico, lo que a su vez tiene un efecto indirecto positivo en la cohesi\u00f3n territorial y social\u00bb. De este modo, se considera un factor clave apostar por el crecimiento de las grandes empresas, teniendo en cuenta que las grandes empresas tienen en una regi\u00f3n \u00abun efecto en cascada a lo largo de toda su cadena de suministro, lo que genera tambi\u00e9n crecimiento para las pymes de su ecosistema\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>La <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2024-27144\">Orden PJC\/1472\/2024<\/a> tambi\u00e9n se refiere al Pacto Verde como compromiso a cumplir por Espa\u00f1a especialmente en el \u00e1mbito del sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor. Al respecto resulta de gran inter\u00e9s el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=OJ:C_202406879\">Dictamen del CESE \u00abPlan general del Pacto Verde y Social Europeo basado en una econom\u00eda del bienestar\u00bb<\/a>, de 19 de septiembre de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo el CESE comienza se\u00f1alando que: \u00abes necesario reforzar el Pacto Verde Europeo y ampliar en mayor medida su vertiente social al objeto de fomentar una econom\u00eda del bienestar al servicio de las personas y del planeta. La econom\u00eda del bienestar es una orientaci\u00f3n estrat\u00e9gica y un enfoque de gobernanza que aspira a situar a las personas y su bienestar en el centro de las pol\u00edticas y la toma de decisiones\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ciertamente, el CESE reconoce que el Pacto Verde Europeo \u00abha puesto en marcha una transici\u00f3n significativa y necesaria en los \u00e1mbitos de la acci\u00f3n por el clima y la protecci\u00f3n del medio ambiente que ha incidido en diversos sectores, como los de la energ\u00eda, el transporte, la industria y la agricultura\u00bb. Pero, al mismo tiempo, es consciente de que \u00abel agravamiento de la crisis clim\u00e1tica y la p\u00e9rdida de biodiversidad, la proliferaci\u00f3n de pandemias, la escalada de las guerras, la reducci\u00f3n de la competitividad, el aumento del coste de la vida y el recrudecimiento de las desigualdades plantean nuevos retos importantes, agravan las tensiones pol\u00edticas y parecen poner en peligro la consecuci\u00f3n de los objetivos del Pacto Verde Europeo\u00bb. De ah\u00ed que concluya que: \u00abEstas dificultades cada vez mayores hacen patente no solo la fragilidad de nuestro sistema, sino tambi\u00e9n la necesidad de una transformaci\u00f3n. No es posible proseguir por la v\u00eda actual\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Con otras palabras, el CESE es consciente de que avanzar hacia el Pacto Verde sin una perspectiva social no es una buena soluci\u00f3n. Hay que buscar un equilibrio. \u00bfPero c\u00f3mo se consigue?<\/p>\n\n\n\n<p>Se se\u00f1ala que para que la UE cumpla sus objetivos clim\u00e1ticos y de biodiversidad es esencial, entre otras cosas, reforzar las inversiones en I+D+i. Llama la atenci\u00f3n el reconocimiento de que la financiaci\u00f3n actual de la transici\u00f3n ecol\u00f3gica es insuficiente. As\u00ed, para superar dicho problema se subraya la necesidad de atraer m\u00e1s inversiones y el fomento de la actividad econ\u00f3mica sostenible que genera recursos. Es m\u00e1s, se reconoce expresamente la importancia de las empresas, al afirmar lo siguiente: \u00abLas empresas, desde las grandes empresas hasta las microempresas y las pymes, las cooperativas y los agentes de la econom\u00eda social, desempe\u00f1an un papel importante en una transici\u00f3n ecol\u00f3gica, ya que soportan la transici\u00f3n en sus propias actividades y, al mismo tiempo, contribuyen a la transici\u00f3n de otros agentes proporcionando soluciones clim\u00e1ticas y medioambientales. Tambi\u00e9n desempe\u00f1an un papel central en la econom\u00eda del bienestar, ya que generan recursos y proporcionan puestos de trabajo, bienes y servicios sostenibles\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Para proteger a nuestras empresas, el CESE vuelve a incidir en la importancia de luchar contra las pr\u00e1cticas comerciales desleales, cuando se\u00f1ala que \u00abpara poder desempe\u00f1ar su papel en la transici\u00f3n hacia la sostenibilidad y la econom\u00eda del bienestar, las empresas deben contar con unas condiciones de competencia equitativas que permitan evitar la competencia desleal\u00bb. De ah\u00ed que se concluya que: \u00abtodas las mercanc\u00edas importadas deben estar sujetas a las mismas normas que las producidas en Europa\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Con todo, el CESE es consciente de que la transici\u00f3n ecol\u00f3gica, pero tambi\u00e9n la digital, exigen, para que la UE sea competitiva, que los trabajadores cuenten con las competencias t\u00e9cnicas y las aptitudes interpersonales necesarias. Por ello, insta a la UE, a los Estados miembros y a las empresas a que inviertan en la formaci\u00f3n, el reciclaje y el perfeccionamiento profesionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Aun as\u00ed, el CESE prev\u00e9 que algunas industrias y sectores, como ya sucede con el sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor, deber\u00e1n reducir su tama\u00f1o y que, por tanto, muchos trabajadores perder\u00e1n su empleo. Ante ello, resalta la importancia de adelantarse a tal situaci\u00f3n por medio del di\u00e1logo social, de forma y manera que se establezca un marco pol\u00edtico de transici\u00f3n justa, con alternativas dignas y satisfactorias. A tal fin, el CESE llama la atenci\u00f3n sobre las disposiciones de seguimiento relativas a la aplicaci\u00f3n de la <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=OJ:C_202301389\">Recomendaci\u00f3n del Consejo sobre el refuerzo del di\u00e1logo social en la UE<\/a>, y recuerda que se recomienda a los Estados miembros que presenten, en un plazo de dieciocho meses a partir de la publicaci\u00f3n de la misma, una lista de medidas de ejecuci\u00f3n, elaborada en consulta con los interlocutores sociales. No en vano, considera que \u00ablos interlocutores sociales deben desempe\u00f1ar un papel destacado en el desarrollo de estos indicadores para supervisar la aplicaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo lo antedicho resulta clave para lograr la \u00abeconom\u00eda del bienestar\u00bb que se pretende, al considerarla como \u00abuna orientaci\u00f3n estrat\u00e9gica y un enfoque de gobernanza que aspira a situar a las personas y su bienestar en el centro de las pol\u00edticas y la toma de decisiones. En la econom\u00eda del bienestar, el objetivo de una sociedad debe ser el bien com\u00fan de todos y cada uno de sus integrantes, de acuerdo con los mandatos constitucionales. Para alcanzar dicho objetivo, debe asumirse que el dinero y el capital tienen importancia como instrumentos de intercambio e inversi\u00f3n, pero no constituyen jam\u00e1s un fin por s\u00ed mismos. El modelo econ\u00f3mico que persigue el bien com\u00fan se fundamenta en los valores que todas las personas reconocen como universales: la dignidad humana, la solidaridad, la sostenibilidad ecol\u00f3gica, la justicia social, la transparencia y la participaci\u00f3n democr\u00e1tica. La econom\u00eda es un medio para hacer realidad la visi\u00f3n de bienestar. En una econom\u00eda del bienestar, el progreso se mide no solo mediante indicadores econ\u00f3micos tradicionales como el PIB, sino tambi\u00e9n con par\u00e1metros que reflejan la calidad de vida, como la salud, la educaci\u00f3n, la calidad medioambiental y las conexiones sociales. Este enfoque hol\u00edstico hace hincapi\u00e9 en la importancia de una distribuci\u00f3n equitativa de los recursos y las oportunidades, al tiempo que garantiza que los beneficios econ\u00f3micos se reparten ampliamente en todos los sectores de la sociedad\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Precisamente, para avanzar en esa l\u00ednea se afirma que \u00abdeber\u00e1n garantizarse los presupuestos p\u00fablicos para inversiones en \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n clave relacionados con la transici\u00f3n ecol\u00f3gica y justa, como la educaci\u00f3n, la protecci\u00f3n social y la asistencia sanitaria, y mantener un enfoque equilibrado que concilie el aumento de la inversi\u00f3n p\u00fablica y la sostenibilidad presupuestaria\u00bb. En efecto, todo esto que es verdaderamente lo esencial, lo que pone a la persona en el centro, solamente es posible con financiaci\u00f3n, con una econom\u00eda fuerte, productiva y competitiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, el CESE considera que \u00abdebe existir un acceso universal y asequible a la educaci\u00f3n, la asistencia sanitaria, la protecci\u00f3n social y la vivienda. Los recursos b\u00e1sicos, como los alimentos producidos de forma sostenible, el agua limpia y la energ\u00eda, deben facilitarse de manera que todas las personas puedan llevar estilos de vida sostenibles\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Lamentablemente, en Espa\u00f1a la cesta de la compra alcanza unos precios que van en contra de lo que se acaba de se\u00f1alar. Como recuerda la Organizaci\u00f3n de Consumidores y Usuarios (OCU), en <a href=\"https:\/\/www.ocu.org\/consumo-familia\/supermercados\/informe\/evolucion-precios-cesta-compra\">una de sus publicaciones de 28 de noviembre de 2024<\/a>, la OCDE ha se\u00f1alado recientemente que entre 2019 y 2024 la cesta de la compra en Espa\u00f1a se ha revalorizado un 14% m\u00e1s que los salarios, la tercera mayor brecha entre los pa\u00edses que forman la organizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El precio medio de la electricidad en el mercado mayorista est\u00e1 sometido en Espa\u00f1a a cambios bruscos y constantes, que dependen de distintos factores (cons\u00faltese la noticia publicada por RTVE el 26 de diciembre de 2024 <a href=\"https:\/\/www.rtve.es\/noticias\/20241226\/precio-luz-diciembre-energia\/16386506.shtml\">aqu\u00ed<\/a>). En cualquier caso, si nos atenemos a la informaci\u00f3n facilitada por Eurostat, en lo que respecta a los <a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/eurostat\/statistics-explained\/index.php?title=Electricity_price_statistics#Electricity_prices_for_household_consumers\">precios de la electricidad para consumidores dom\u00e9sticos en el primer semestre de 2024<\/a> en est\u00e1ndar de poder adquisitivo (PPS), observaremos que Espa\u00f1a se encuentra en la cuarta categor\u00eda de las seis existentes en cuanto a precios, de m\u00e1s elevados a m\u00e1s bajos, y dentro de la cuarta categor\u00eda entre los pa\u00edses con precios m\u00e1s elevados. Hay que tener en cuenta que estas categor\u00edas de precios de la electricidad van desde m\u00e1s de 37 PPS por 100 KWh a menos de 16.5 PPS por 100 KWh. Por su parte, en lo que se refiere a la evoluci\u00f3n de precios de la electricidad para consumidores no dom\u00e9sticos, <a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/eurostat\/statistics-explained\/index.php?title=Electricity_price_statistics#Electricity_prices_for_non-household_consumers\">Eurostat<\/a> nos muestra los importantes cambios que se han dado desde 2008, mayoritariamente al alza, y los esfuerzos que se est\u00e1n realizando en la UE para abaratar los costes.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, el CESE advierte que \u00ablas decisiones de consumo, en especial de las personas con rentas m\u00e1s bajas, vienen motivadas sobre todo por los precios bajos y la conveniencia, ya que las alternativas sostenibles a menudo no son accesibles ni asequibles. Tal es el caso de diversos bienes y servicios, como el transporte, la vivienda, los alimentos y los productos\u00bb. Es decir, no puede avanzarse hacia el Pacto Verde Europeo sin que, como afirma el propio CESE no se refuerza \u00abun enfoque sist\u00e9mico de comportamientos sostenibles, a fin de garantizar que los estilos de vida sostenibles sean la opci\u00f3n m\u00e1s conveniente, accesible y rentable para todos\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro documento de inter\u00e9s es el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=OJ:C_202407058\">Dictamen del Comit\u00e9 Europeo de las Regiones \u00abUna transici\u00f3n justa para todas las regiones de la UE\u00bb<\/a>, de 8 de octubre de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo, el Comit\u00e9 Europeo de las Regiones (CDR) nos recuerda de entrada que \u00absi la transici\u00f3n energ\u00e9tica \u2014unida a las actuales crisis y tensiones geopol\u00edticas\u2014 no est\u00e1 respaldada por una inversi\u00f3n suficiente y no se gobierna adecuadamente ni se acompa\u00f1a de una promoci\u00f3n decidida de la innovaci\u00f3n y la investigaci\u00f3n industrial, pueden plantearse riesgos considerables para la competitividad y la resiliencia de las econom\u00edas europeas y amenazas espec\u00edficas para los sectores industriales expuestos a la competencia internacional\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Subraya que la invasi\u00f3n rusa de Ucrania y el posterior conflicto en Oriente Pr\u00f3ximo han puesto de relieve la necesidad de que la UE aumente su nivel de independencia energ\u00e9tica, adem\u00e1s de debilitar la competitividad industrial y comercial de Europa.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese contexto, confirma la importancia de mantener la ambici\u00f3n del Pacto Verde Europeo, pero hace hincapi\u00e9 en que ello debe ir de la mano de la competitividad econ\u00f3mica. En efecto, considera que la clave est\u00e1 en \u00abreducir la dependencia energ\u00e9tica de la UE con respecto al resto del mundo y reforzar la competitividad industrial y comercial de nuestro continente\u00bb, al entender que ello \u00abpermitir\u00e1 garantizar una prosperidad y bienestar sostenibles para la ciudadan\u00eda europea y todos los territorios de Europa\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero insiste en que \u00abla significativa transici\u00f3n de la UE hacia una econom\u00eda sostenible y clim\u00e1ticamente neutra plantea retos cada vez m\u00e1s profundos a las regiones, los trabajadores, las industrias y la sociedad europea en general\u00bb Y matiza que \u00abeste problema, en particular en las regiones dependientes de los combustibles f\u00f3siles y de las industrias de gran consumo de energ\u00eda, representa un reto importante para la base econ\u00f3mica y social tradicional de muchos territorios\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>De especial relevancia para el objeto de este estudio es que el CDR \u00absubraya que no todos los territorios parten de la misma base y tienen diferentes fortalezas y vulnerabilidades, as\u00ed como diversas capacidades administrativas para hacer frente a esta doble transici\u00f3n\u00bb, pues, a continuaci\u00f3n, pide que \u00abse adopten medidas espec\u00edficas dirigidas a prestar apoyo a las zonas m\u00e1s vulnerables, desde las regiones carbon\u00edferas hasta aquellas con industrias de automoci\u00f3n, sin limitarse a estas, sobre la base de indicadores neutros, definidos a escala europea, que permitan incluir todos los tipos de retos relacionados con la transici\u00f3n\u00bb. Es m\u00e1s, pide \u00abque se elaboren mecanismos de apoyo espec\u00edficos para las regiones menos desarrolladas que aborden de forma particular sus singulares retos y oportunidades en la doble transici\u00f3n hacia la digitalizaci\u00f3n y la descarbonizaci\u00f3n\u00bb, al tiempo que concreta que \u00abestos mecanismos deben incluir programas de formaci\u00f3n adaptados para que las partes locales interesadas mejoren sus capacidades administrativas y su preparaci\u00f3n de cara a la transici\u00f3n\u00bb. En ese sentido, hace hincapi\u00e9 \u00aben la importancia de integrar las iniciativas de reciclaje y perfeccionamiento profesionales en los planes de transici\u00f3n para las industrias de gran consumo de energ\u00eda\u00bb, se\u00f1alando que \u00abestas iniciativas deben incluir asociaciones con instituciones educativas y centros de formaci\u00f3n profesional que proporcionen las capacidades y cualificaciones pertinentes a los trabajadores desplazados por la transici\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>De gran importancia resulta que el CDR considere prioritario \u00abadoptar un planteamiento integrado y gradual en las pol\u00edticas de transici\u00f3n energ\u00e9tica\u00bb as\u00ed como que solicite \u00abque se eval\u00faen los plazos que resultar\u00edan \u00f3ptimos y los recursos econ\u00f3micos adicionales necesarios para alcanzar los objetivos de transici\u00f3n energ\u00e9tica fijados, tambi\u00e9n en materia de energ\u00edas renovables\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ello es as\u00ed porque el CDR considera que \u00abeste enfoque permitir\u00e1 a las empresas, los consumidores y los sectores industriales afectados la previsi\u00f3n para planificar y adaptarse de manera sostenible, adem\u00e1s de minimizar los efectos negativos en el sistema de producci\u00f3n europeo que podr\u00edan socavar y perturbar las normas del mercado\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, \u00abdestaca la necesidad de invertir en evaluaciones de impacto territorial <em>ex ante <\/em>y en an\u00e1lisis de sostenibilidad que demuestren efectivamente los beneficios sociales, medioambientales y econ\u00f3micos de la transici\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Por todo ello, el CDR pide un especial apoyo a las regiones que se enfrentan a la transformaci\u00f3n de las industrias m\u00e1s estrat\u00e9gicas, intensivas en energ\u00eda, gases de efecto invernadero o mano de obra, incluidas las relacionadas con la transformaci\u00f3n de la industria del autom\u00f3vil y del suministro de piezas. Para ello plantea distintas reformas en los instrumentos europeos de financiaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, recuerda que ha pedido \u00abque se garantice la libertad de elecci\u00f3n en la senda de descarbonizaci\u00f3n a escala local, desde una perspectiva tecnol\u00f3gica, pol\u00edtica y democr\u00e1tica\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>El CDR dedica una especial atenci\u00f3n al sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor. As\u00ed, recuerda que \u00abEuropa ha hecho de la reducci\u00f3n significativa de las emisiones de los autom\u00f3viles una piedra angular de su estrategia clim\u00e1tica, prohibiendo la venta de veh\u00edculos nuevos con motores de combusti\u00f3n interna de aqu\u00ed a 2035, lo cual est\u00e1 llevando a transformaciones r\u00e1pidas y complicadas en la industria europea de la automoci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante esa situaci\u00f3n, \u00abpone de relieve que el desarrollo de biocombustibles de cero emisiones netas a partir de biorresiduos brinda una oportunidad prometedora, que la UE no puede permitirse pasar por alto, para acelerar el proceso de descarbonizaci\u00f3n, teniendo en cuenta tambi\u00e9n su buena compatibilidad con los motores de combusti\u00f3n interna\u00bb. De ah\u00ed que dedique una especial atenci\u00f3n a la necesidad de invertir y fomentar en los biocombustibles.<\/p>\n\n\n\n<p>Ciertamente, el CDR destaca la vitalidad del sector de la automoci\u00f3n para la econom\u00eda de la UE, que proporciona empleo directo o indirecto a 13,8 millones de europeos y representa el 7 % del PIB de la UE. Por ello, acoge con satisfacci\u00f3n \u00ablos derechos compensatorios provisionales que ha impuesto la Comisi\u00f3n a las importaciones de veh\u00edculos el\u00e9ctricos de bater\u00eda procedentes de China como respuesta a unas subvenciones estatales desleales que podr\u00edan poner en peligro la continuidad de este sector crucial en Europa y comprometer la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de Europa\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, advierte que \u00ablos diversos retos de fabricaci\u00f3n y de mercado podr\u00edan dificultar que los fabricantes de autom\u00f3viles europeos alcancen con sus flotas los objetivos m\u00e1s estrictos en materia de emisiones de CO2 que deben entrar en vigor en 2025 (93,6 g\/km en lugar de 115,1 g\/km)\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, con el fin de disponer de m\u00e1s tiempo para alcanzar las condiciones que permitan impulsar la producci\u00f3n de veh\u00edculos de emisiones de carbono nulas y permitir que los fabricantes de autom\u00f3viles superen la actual ca\u00edda de la cuota de mercado de ese tipo de veh\u00edculos, insta a la Comisi\u00f3n Europea a que considere la posibilidad de adoptar un enfoque m\u00e1s gradual y una revisi\u00f3n m\u00e1s temprana de la legislaci\u00f3n pertinente, a\u00fan en 2025, a fin de proporcionar a los fabricantes de autom\u00f3viles europeos tiempo suficiente para adaptarse.<\/p>\n\n\n\n<p>Concreta que \u00abun factor de riesgo adicional est\u00e1 relacionado con el control sustancial ejercido por China sobre las cadenas de suministro implicadas en la transici\u00f3n energ\u00e9tica \u2014con cuotas que oscilan entre un 80 % en el caso de la energ\u00eda fotovoltaica y el 76 %, en el de las bater\u00edas\u2014, con lo que se perfila la posibilidad de que nuestro sistema energ\u00e9tico pase de su dependencia hist\u00f3rica de los combustibles f\u00f3siles a otra ligada al suministro de tecnolog\u00edas verdes\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Por consiguiente, sostiene que \u00abla UE debe priorizar la creaci\u00f3n de su propia cadena de suministro de materias primas, la inversi\u00f3n en pr\u00e1cticas sostenibles y la circularidad de las materias primas, y reducir radicalmente los costes para los consumidores; de lo contrario, correr\u00e1 el riesgo de depender casi exclusivamente de las importaciones procedentes de terceros pa\u00edses\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, subraya \u00abla importancia de integrar el comercio justo y unas normas medioambientales estrictas en los acuerdos comerciales con terceros pa\u00edses\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, reitera \u00abla necesidad de promover y fomentar la inversi\u00f3n para aumentar la competitividad, sostenibilidad y resiliencia de las cadenas de suministro industrial europeas de cara al suministro de materias primas fundamentales procedentes de residuos de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos (RAEE), a fin de evitar repercusiones medioambientales en los territorios que actualmente los albergan o constituyen el punto de eliminaci\u00f3n final\u00bb. Pero reconoce, al mismo tiempo, que \u00abser\u00e1 importante garantizar el respeto de los derechos medioambientales y sociales de las comunidades de los pa\u00edses que exportan materias primas fundamentales\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Pide asimismo a Eurostat \u00abque calcule las p\u00e9rdidas netas de empleo y el potencial de creaci\u00f3n de puestos de trabajo en los \u00e1mbitos de las tecnolog\u00edas verdes, las energ\u00edas renovables y las tecnolog\u00edas innovadoras que se derivar\u00e1n de la transici\u00f3n ecol\u00f3gica y digital en todos los sectores e industrias (como la de automoci\u00f3n)\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Recuerda tambi\u00e9n \u00abla obligaci\u00f3n jur\u00eddica impuesta a la Comisi\u00f3n Europea por el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:32023R0851\">Reglamento (UE) 2023\/851 del Parlamento Europeo y del Consejo<\/a>, de presentar, antes de finales de diciembre de 2025, un informe de situaci\u00f3n para garantizar una transici\u00f3n justa en las regiones m\u00e1s afectadas por la transformaci\u00f3n de las cadenas de suministro del sector del autom\u00f3vil, sin olvidar la falta de financiaci\u00f3n y las propuestas de medidas financieras adecuadas, y se\u00f1ala que esto debe hacerse en estrecha cooperaci\u00f3n con la Alianza de Regiones con Industria de Automoci\u00f3n del Comit\u00e9 Europeo de las Regiones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Condiciones exigidas a las empresas para que puedan acceder al ERTE sectorial del Mecanismo RED activado para el sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas que deseen acceder al ERTE sectorial del Mecanismo Red activado para el sector de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos deben cumplir las siguientes condiciones, conforme a la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2024-27144\">Orden PJC\/1472\/2024<\/a>:<\/p>\n\n\n\n<p>(a) En principio, deben ser empresas que a fecha de 30 de noviembre de 2024 se encuentren clasificadas en el c\u00f3digo de la Clasificaci\u00f3n Nacional de Actividades Econ\u00f3micas (CNAE-2009) 2930 Fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor.<\/p>\n\n\n\n<p>Los ERTE que pueden solicitar estas empresas deben afectar a trabajadores que figuren en alta en los c\u00f3digos de cotizaci\u00f3n asignados a tales empresas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas han debido tener una p\u00e9rdida sostenida de afiliaci\u00f3n a la Seguridad Social de sus trabajadores superior al 25 %, y las empresas han debido mantener, de media, un porcentaje superior al 30 % de su plantilla en ERTE respecto del total de sus trabajadores afiliados a la Seguridad Social en el periodo comprendido entre desde el 1 de abril de 2022 al 1 de enero de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>(b) Tambi\u00e9n pueden ser empresas que a fecha de 30 de noviembre de 2024 se encuentren clasificadas en alguno de los siguientes c\u00f3digos de la Clasificaci\u00f3n Nacional de Actividades Econ\u00f3micas (CNAE-2009): 2910 Fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor; 2920 Fabricaci\u00f3n de carrocer\u00edas para veh\u00edculos de motor; fabricaci\u00f3n de remolques y semirremolques; 2931 Fabricaci\u00f3n de equipos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos para veh\u00edculos de motor; 2932 Fabricaci\u00f3n de otros componentes, piezas y accesorios para veh\u00edculos de motor; 2229 Fabricaci\u00f3n de otros productos de pl\u00e1stico; 4531 Comercio al por mayor de repuestos y accesorios de veh\u00edculos de motor; 5210 Dep\u00f3sito y almacenamiento; 5221 Actividades anexas al transporte terrestre; 8121 Limpieza general de edificios; 8292 Actividades de envasado y empaquetado. Ahora bien, todas estas empresas deben ser integrantes de la cadena de valor de las empresas de fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor. Adem\u00e1s, su facturaci\u00f3n durante el a\u00f1o 2023 se ha debido generar, al menos en un 40%, en operaciones realizadas de forma directa con las empresas incluidas en el c\u00f3digo de la CNAE-09 2930 Fabricaci\u00f3n de veh\u00edculos de motor, y dichas empresas deben contar con centros de trabajo ubicados en Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p>Los ERTE que pueden solicitar estas empresas deben afectar a trabajadores que figuren en alta en los c\u00f3digos de cotizaci\u00f3n asignados a tales empresas.<\/p>\n\n\n\n<p>(c) Las empresas deben tener en cuenta que el Mecanismo Red permanecer\u00e1 activado entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, perdiendo su vigencia y efectos el 31 de diciembre de 2025, con independencia de la fecha de la solicitud de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>(d) Las empresas que soliciten un ERTE del Mecanismo Red en cuesti\u00f3n, deben comprometerse a no llevar a cabo despidos ni individuales ni colectivos, ni, salvo cuando concurran causas de fuerza mayor, reducciones de jornada ni suspensiones de contrato por causas ETOP, de los trabajadores afectados por las medidas derivadas de este Mecanismo RED durante los 2 a\u00f1os siguientes a la finalizaci\u00f3n de la vigencia de estas medidas. Adem\u00e1s, en el caso de contratos fijos-discontinuos esas casusas tampoco justificar\u00e1n el fin del periodo de actividad ni la falta del llamamiento. A nuestro entender esta condici\u00f3n, adem\u00e1s de resultar contraria a la libertad de empresa, resulta contradictoria para con el principio de conservaci\u00f3n del negocio jur\u00eddico, en tanto en cuanto se impide a las empresas que adopten las medidas de flexibilidad que mejor se ajusten para su viabilidad. Igualmente, consideramos que el hecho de que se forme a los trabajadores durante un per\u00edodo de ERTE, no obsta a que posteriormente se produzcan otras causas ETOP que justifiquen ERTEs de distinta \u00edndole e incluso despidos, que pueden ser necesarios, precisamente, para mantener la viabilidad de las empresas e incluso para no cerrarlas o deslocalizarlas.<\/p>\n\n\n\n<p>(e) Igualmente, en el caso de las cooperativas, las asambleas generales se deben comprometer a no hacer uso de la habilitaci\u00f3n recogida en el art\u00edculo 85.1 de la <a href=\"https:\/\/boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-1999-15681\">Ley 27\/1999, de 16 de julio, de Cooperativas<\/a>, para reducir, con car\u00e1cter definitivo, el n\u00famero de puestos de trabajo de la cooperativa o modificar la proporci\u00f3n de las cualificaciones profesionales del colectivo que integra la misma por causas ETOP. Llama la atenci\u00f3n que solamente se haga referencia a la Ley General de Cooperativas, y no se tengan en cuenta las normas de Derecho cooperativo vigentes en las distintas comunidades aut\u00f3nomas. Adem\u00e1s, mantenemos aqu\u00ed las mismas cr\u00edticas que hemos hecho en el apartado anterior, con el agravante de que en las cooperativas deben primar la autogesti\u00f3n y la autorregulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>(f) Las empresas que soliciten un ERTE del Mecanismo Red en cuesti\u00f3n deber\u00e1n acompa\u00f1ar un plan de recualificaci\u00f3n de sus trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Dicho plan debe recoger acciones formativas dirigidas a atender las necesidades reales de las empresas ante el cambio del sistema productivo y ajustarse a lo establecido en la Disposici\u00f3n Adicional 25\u00aa del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2015-11430\">TRLET<\/a> y en el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2023-16158\">Real Decreto 608\/2023, de 11 de julio, por el que se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilizaci\u00f3n del Empleo<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Para asegurar estos fines, el plan de recualificaci\u00f3n deber\u00e1 ser remitido a las Secretar\u00edas de Estado de Trabajo, Seguridad Social y Pensiones, y de Econom\u00eda y Apoyo a la Empresa para su validaci\u00f3n. Las personas titulares de dichos ministerios podr\u00e1n, a propuesta conjunta y en un plazo m\u00e1ximo de quince d\u00edas naturales desde la recepci\u00f3n del plan, acordar su elevaci\u00f3n con propuestas de cambio concretas para que sea informado por la Comisi\u00f3n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ\u00f3micos. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera acordado la elevaci\u00f3n del plan de recualificaci\u00f3n a la Comisi\u00f3n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ\u00f3micos este se entender\u00e1 validado por los departamentos ministeriales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Otra alternativa a los ERTE, los permisos para la formaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Curiosamente, una semana antes de la publicaci\u00f3n de la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2024-27144\">Orden PJC\/1472\/2024<\/a>, a la que venimos refiri\u00e9ndonos, se public\u00f3 en el BOE, exactamente, el 19 de diciembre, la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2024-26577\">Resoluci\u00f3n de 21 de noviembre de 2024, del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formaci\u00f3n en el trabajo, para la iniciativa de formaci\u00f3n programada por las empresas en el ejercicio 2025<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Se se\u00f1ala en la misma que \u00abLa formaci\u00f3n en el trabajo tiene un papel esencial en la articulaci\u00f3n de los cambios que deben producirse en el modelo productivo para situar a Espa\u00f1a en una senda sostenible de crecimiento y generar empleos estables y de calidad. Para ello, el sistema de formaci\u00f3n en el trabajo debe anticiparse a las necesidades del tejido productivo y constituir un apoyo a la capacidad innovadora y competitiva de la empresa, a partir de unos recursos humanos de calidad\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>A la vista de ello, cabe preguntarse si esto no es igual de v\u00e1lido para el sector de fabricaci\u00f3n de los veh\u00edculos de motor. \u00bfO es que se ha llegado tarde en ese sector?<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, el objeto de esta resoluci\u00f3n es mantener \u00ablas medidas en relaci\u00f3n con la impartici\u00f3n de acciones formativas financiadas en el marco del Sistema de Formaci\u00f3n en el Trabajo, que posibiliten y faciliten la ejecuci\u00f3n de la formaci\u00f3n de las personas trabajadoras, optimizando su empleabilidad y contribuyendo a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas\u00bb (art\u00edculo 1.1).<\/p>\n\n\n\n<p>La digitalizaci\u00f3n para ofrecer la formaci\u00f3n es una de las grandes apuestas, como lo demuestra el hecho de que la resoluci\u00f3n regule la utilizaci\u00f3n del aula virtual como formaci\u00f3n presencial (cfr. art\u00edculo 2) o el que se reconozca a los trabajadore el derecho de solicitar a sus empresas permisos individuales de formaci\u00f3n para posibilitarles la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal (cfr. Disposici\u00f3n Adicional primera).<\/p>\n\n\n\n<p>Desde luego, habr\u00eda que analizar si en lugar de costear el desempleo de los trabajadores que queden en ERTE en virtud de la Orden PJC\/1472\/2024 no ser\u00eda m\u00e1s rentable que se financiara con dinero p\u00fablico esta formaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 27 de septiembre se public\u00f3 en el BOE la Orden PJC\/1472\/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la activaci\u00f3n&#8230; <a class=\"more-link\" href=\"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/2024\/12\/30\/cuando-los-efectos-de-las-transiciones-ecologica-y-digital-amenazan-nuestro-sector-de-fabricacion-de-vehiculos-de-motor\/\">Seguir leyendo &rarr;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":696,"featured_media":250,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_s2mail":"yes","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[180,181,182,183,179,178,98],"class_list":["post-249","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria","tag-erte","tag-erte-sectorial","tag-mecanismo-red","tag-orden-pjc-1472-2024","tag-sector-de-fabricacion-de-vehiculos-de-motor","tag-transicion-digital-2","tag-transicion-ecologica-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/249","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/users\/696"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=249"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/249\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":253,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/249\/revisions\/253"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/media\/250"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=249"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=249"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.deusto.es\/derecho-social\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=249"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}