En el post anterior realicé un análisis de los riesgos que implica el uso de drones, evaluando si son altos, medios o bajos teniendo en cuenta la probabilidad de ocurrencia y la gravedad de las consecuencias en caso de que el riesgo se materialice.
Con el objetivo de completar dicho análisis, en este post voy a definir los controles que deberían llevarse a cabo para mitigar los riesgos identificados, tanto los no intencionados como los intencionados. Asimismo, hablaré sobre el rol del auditor en relación con los drones.
Controles
Riesgos no intencionados
Los controles para los riesgos no intencionados se basan en verificar que se cumple con el Real Decreto 1036/2017 que regula el uso de drones en España [1], el cual ya traté en un post anterior.
Teniendo en cuenta que la normativa no se aplica de igual manera cuando el dron se usa de forma recreativa o profesional, también he realizado esta separación en la descripción de los controles.
Riesgos | Controles para uso recreativo | Controles para uso profesional |
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Daños a edificios |
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Daños a aeronaves |
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Daños a personas |
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Interferencias |
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1 AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea)
2 RPAS (Remotely Piloted Aircraft System)
3 BVLOS (Beyond Visual Line of Sight)
Riesgos intencionados
Los riesgos intencionados, a diferencia de los no intencionados, no se centran en verificar el cumplimiento de la normativa sino en intentar que ese riesgo no se lleve a cabo. Estos riesgos, debido al objetivo de causar daño que tienen, son más difíciles de controlar. Asimismo, los controles para intentar mitigarlos varían mucho dependiendo del riesgo.
Riesgo | Controles |
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Ataque terrorista |
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Ataque de ciberseguridad |
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Dispersión químico-biológica |
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Contrabando |
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Violación de privacidad |
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Rol del auditor
Los drones son una tecnología relativamente nueva y su mercado es cada vez más popular, lo que requiere una supervisión para controlar que se cumple con la normativa vigente y que no suponen un peligro para la sociedad.
Por lo tanto, es imprescindible el rol del auditor para llevar a cabo controles como los descritos en este post. De hecho, las operadoras de drones que quieran obtener un certificado LUC (Certificado de operador de drones ligeros) deben tener un gerente responsable, además de un responsable de monitoreo que lleve a cabo un proceso continuo de auditorías. Este monitoreo puede ser realizado por personal interno o externo. [2]

En definitiva, como en muchas otras tecnologías emergentes, la presencia del auditor es indispensable. Asimismo, el tener que auditar una tecnología nueva evidencia el hecho de que la auditoría es un trabajo interdisciplinar y que requiere la adquisición de nuevos conocimientos según pasan los años y las tecnologías evolucionan. [3]
Referencias
[1] <<Normativa de Drones en España 2020>>, One Air, acceso el 5 de noviembre de 2020, https://www.oneair.es/normativa-drones-espana-aesa.
[2] <<Auditoría de operadoras de drones y certificado LUC>>, Drone Europa, acceso el 5 de noviembre de 2020, https://www.droneuropa.com/auditoria-drones/.
[3] <<The Practical Aspect: Today’s Interdisciplinary Auditors>>, ISACA, acceso el 5 de noviembre de 2020, https://www.isaca.org/resources/isaca-journal/issues/2019/volume-5/todays-interdisciplinary-auditors.