{"id":1546,"date":"2022-11-04T08:07:37","date_gmt":"2022-11-04T08:07:37","guid":{"rendered":"https:\/\/preblogs.deusto.es\/viviendodeusto\/?p=1546"},"modified":"2024-08-30T07:47:15","modified_gmt":"2024-08-30T07:47:15","slug":"mikel-badiola-redes-educativas-pacto-y-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deusto.es\/viviendodeusto\/2022\/11\/04\/mikel-badiola-redes-educativas-pacto-y-ley\/","title":{"rendered":"Mikel Badiola: \u00abRedes educativas: pacto y ley\u00bb"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Art\u00edculo publicado en El Correo (02\/11\/2022)<\/strong><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full\"><img decoding=\"async\" width=\"89\" height=\"85\" src=\"https:\/\/blogs.deusto.es\/alumni\/wp-content\/uploads\/sites\/78\/2022\/09\/Mikel-Badiola-e1663226052295.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-264\"\/><figcaption>Profesor de Derecho 1982-2017<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n<p>En abril de este a\u00f1o se adopt\u00f3 en el Parlamento vasco el conocido como pacto educativo, con el voto favorable de 68 de sus 75 parlamentarios. Entre sus pasajes dice que \u00abel protagonismo\u00bb en el sistema educativo vasco \u00abcorresponde a la escuela p\u00fablica vasca\u00bb. El anteproyecto de Ley de &nbsp;Educaci\u00f3n del Pa\u00eds Vasco, que se basa en aquel pacto y que est\u00e1 tramit\u00e1ndose en la actualidad, dice en su exposici\u00f3n de motivos que \u00abesta ley no se olvida, sin embargo, del protagonismo que en el sistema educativo vasco corresponde a la escuela p\u00fablica vasca\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Ni el pacto educativo ni el anteproyecto de ley dicen cu\u00e1l es el significado que pretenden darle al t\u00e9rmino \u00abprotagonismo\u00bb, pero literalmente viene a expresar una condici\u00f3n de sujeto principal, que podr\u00eda atribuirse en este caso o bien como reconocimiento de que la ense\u00f1anza p\u00fablica sea la principal en atenci\u00f3n a su situaci\u00f3n real actual o bien como expresi\u00f3n de que debe ser la de mayor valor en atenci\u00f3n a su naturaleza p\u00fablica. Teniendo en cuenta que la ense\u00f1anza concertada representa pr\u00e1cticamente la mitad del sistema educativo vasco, no parece que la ense\u00f1anza p\u00fablica pueda ser considerada como la principal en la realidad. Por ello, considero que hay que interpretar ese \u00abprotagonismo\u00bb como una declaraci\u00f3n de prevalencia de la ense\u00f1anza p\u00fablica sobre la concertada.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de los centros p\u00fablicos (cuyo titular es una administraci\u00f3n p\u00fablica), y dentro de los centros privados (cuyo titular es una persona f\u00edsica o jur\u00eddica de car\u00e1cter privado), se distinguen los centros concertados, que son los que tienen suscrito un concierto educativo con el Gobierno vasco, que recoge la financiaci\u00f3n p\u00fablica de esos centros, as\u00ed como las obligaciones que \u00e9stos asumen por ella. Uno de los requisitos para ser concertado es que el centro privado satisfaga \u00abnecesidades de escolarizaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Se ha venido considerando por las administraciones educativas (tambi\u00e9n por el Gobierno vasco) y por los tribunales contencioso-administrativos que un centro educativo privado, aun cumpliendo los dem\u00e1s requisitos legales, no cumpl\u00eda el de satisfacer \u00abnecesidades de escolarizaci\u00f3n\u00bb si en la misma localidad exist\u00eda alg\u00fan centro p\u00fablico con plazas vacantes, por lo que no pod\u00eda suscribir el concierto educativo ni obtener la financiaci\u00f3n p\u00fablica propia del mismo. Lo que cuestionaba la elecci\u00f3n de centro y constitu\u00eda una manifestaci\u00f3n de prevalencia de la red p\u00fablica sobre la red concertada.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero el Tribunal Supremo, en sentencias de los \u00faltimos a\u00f1os, ha desautorizado ese modo de proceder diciendo expresamente que \u00aben la regulaci\u00f3n legal, no se otorga a los centros privados concertados un car\u00e1cter secundario o accesorio respecto a los centros p\u00fablicos, para llegar \u00fanicamente donde no lleguen estos \u00faltimos\u00bb, y a\u00f1ade que \u00ablo contrario determinar\u00eda que la Administraci\u00f3n educativa podr\u00eda ir incrementando plazas en los centros p\u00fablicos, y correlativamente suprimir unidades en los centros privados concertados (a pesar de que la demanda de los mismos se mantenga o se incremente y &nbsp;se cumpla la rati profesor\/ alumnos), haciendo desaparecer esa necesidad de escolarizaci\u00f3n (&#8230;)\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Considero que estos pronunciamientos del Supremo no han sido contradichos por la ley org\u00e1nica de diciembre de 2020, conocida como Ley Cela\u00e1, pues, aunque su exposici\u00f3n de motivos dice que \u00abse pretende subrayar que la educaci\u00f3n p\u00fablica constituye el eje vertebrador del sistema educativo\u00bb, lo hace fuera de la referencia y del articulado sobre los conciertos educativos. Por tanto, contin\u00faa vigente el citado criterio del Tribunal Supremo, important\u00edsimo ante la bajada de la natalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, este anteproyecto de ley, en varios de sus pasajes, reconoce el \u00abderecho a la elecci\u00f3n de centro dentro de la oferta educativa disponible\u00bb, coletilla esta \u00faltima que sugiere un intento de vuelta a la situaci\u00f3n anterior a dichas sentencias del Supremo, de toma en consideraci\u00f3n de las plazas p\u00fablicas vacantes como causa de rechazo del concierto educativo. Esta prevalencia de la red p\u00fablica viene a alinearse con la que subyace en el gen\u00e9rico \u00abprotagonismo\u00bb de la ense\u00f1anza p\u00fablica que enuncia el anteproyecto de ley.<\/p>\n\n\n\n<p>En mi opini\u00f3n, deber\u00eda eliminarse esa proclamaci\u00f3n del \u00abprotagonismo\u00bb de la ense\u00f1anza p\u00fablica, y la posible incidencia de las plazas p\u00fablicas vacantes en el rechazo del concierto educativo, pues, con ello, no se quita a la ense\u00f1anza p\u00fablica ninguna demanda social propia, sino que se mantiene en la ense\u00f1anza concertada su demanda social resultante de la elecci\u00f3n de centro, de modo que cada red tiene su espacio.<\/p>\n\n\n\n<p>No hacerlo, adem\u00e1s de crear confusi\u00f3n, o de amparar situaciones indeseadas o antijur\u00eddicas, podr\u00eda oscurecer los aspectos positivos y novedosos que tambi\u00e9n tiene este anteproyecto de ley.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Art\u00edculo publicado en El Correo (02\/11\/2022) En abril de este a\u00f1o se adopt\u00f3 en el Parlamento vasco el conocido como pacto educativo, con el voto favorable de 68 de sus 75 parlamentarios. 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