{"id":3585,"date":"2023-08-31T09:53:48","date_gmt":"2023-08-31T09:53:48","guid":{"rendered":"https:\/\/preblogs.deusto.es\/viviendodeusto\/?p=3585"},"modified":"2024-08-29T11:26:07","modified_gmt":"2024-08-29T11:26:07","slug":"manfred-nolte-proteger-al-delator","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.deusto.es\/viviendodeusto\/2023\/08\/31\/manfred-nolte-proteger-al-delator\/","title":{"rendered":"Manfred Nolte: \u00abProteger al delator\u00bb"},"content":{"rendered":"\n<p>La ley espa\u00f1ola exige a las empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores y organismos p\u00fablicos con m\u00e1s de 250 empleados implantar canales de denuncia internos<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo publicado en El Correo (28\/08\/2023)<\/strong><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full\"><img decoding=\"async\" width=\"220\" height=\"85\" src=\"https:\/\/blogs.deusto.es\/alumni\/wp-content\/uploads\/sites\/78\/2022\/09\/Manfred-Noltr.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-219\"\/><figcaption>Profesor de Deusto Business School<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n<p>Los da\u00f1os infringidos por la corrupci\u00f3n en la salud de un pa\u00eds son cuantiosos: costes pol\u00edticos, sociales, econ\u00f3micos y medioambientales, entre otros. De ah\u00ed que el estado de derecho deba perseguir la corrupci\u00f3n de manera inmisericorde, con una bater\u00eda de acciones preventivas, did\u00e1cticas y sancionadoras.<\/p>\n\n\n\n<p>A ello quiere contribuir, con alcance a\u00fan pendiente de evaluar, la \u2018Ley 2\/2023, reguladora de la protecci\u00f3n de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupci\u00f3n\u2019. Personas f\u00edsicas que hasta ahora, en defensa de los valores \u00e9ticos, se hallaban en una manifiesta posici\u00f3n de desamparo. Nos referimos a los delatores, denunciantes, alertadores o informantes, a los estigmatizados como chivatos o \u2018whistle-blowers\u2019 en la terminolog\u00eda anglosajona. Los \u2018whistleblowers\u2019 son personas f\u00edsicas que airean informaci\u00f3n confidencial o ilegal sobre organizaciones, empresas o gobiernos desvelando conductas incorrectas o ilegales. El objetivo de la Ley 2\/2023 es proteger a estas personas frente a las represalias que puedan sufrir en el tr\u00e1mite de su denuncia.<\/p>\n\n\n\n<p>Tal vez evoque recuerdos m\u00e1s o menos definidos en nuestros lectores el nombre de Herv\u00e9 Falciani, alto empleado del banco suizo HSBC que revel\u00f3 listados sobre evasi\u00f3n de impuestos y blanqueo de dinero de miles de sus clientes internacionales. Suiza reaccion\u00f3 reclamando la extradici\u00f3n de Falciani, acus\u00e1ndole de cuatro delitos tipificados en su C\u00f3digo Penal: espionaje financiero, violaci\u00f3n del secreto bancario, incumplimiento del secreto comercial y apropiaci\u00f3n il\u00edcita de datos confidenciales de clientes.<\/p>\n\n\n\n<p>Otros individuos como Julian Assange, Edward Snowden, Chelsea Manning y Mark Felt (Watergate) han sacado a la luz secretos gubernamentales o desvelado casos de il\u00edcita conducta empresarial o pol\u00edtica, generando importantes debates sobre la privacidad, la responsabilidad y la libertad de informaci\u00f3n. Estos ejemplos nos sit\u00faan ante los dilemas \u00e9ticos y las complejas consecuencias que padecen los denunciantes. El delator se enfrenta a una delicada disyuntiva: de una parte, transgredir la ley robando y revelando datos ocultos o confidenciales, y de otra ser fiel a su conciencia y denunciar actividades fraudulentas e incluso de \u00edndole criminal. La primera decisi\u00f3n convierte en quien la adopta en un delincuente, ya que delinque al transgredir la norma de la confidencialidad debida a su empresa u organismo. La segunda se erige en el pilar de la construcci\u00f3n democr\u00e1tica, donde todos venimos obligados a defender la legalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma espa\u00f1ola antes citada exige a distintas organizaciones implantar canales de denuncia internos y crea una nueva figura, la Autoridad Independiente de Protecci\u00f3n del  Informante. Concierne a las empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores del sector privado y, en el sector p\u00fablico, a empresas y organismos con m\u00e1s de 250 empleados, adem\u00e1s de a entes locales como ayuntamientos que presten servicios a m\u00e1s de 10.000 ciudadanos. <\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, est\u00e1n obligados a implantarlos los partidos pol\u00edticos, sindicatos y patronales, y las universidades y las fundaciones p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las denuncias podr\u00e1n ser efectuadas, en consecuencia, a trav\u00e9s de los canales internos de cada organizaci\u00f3n o de la citada Autoridad Independiente de Protecci\u00f3n de Informantes. Esta Autoridad, en su caso, adoptar\u00e1 medidas de protecci\u00f3n de los informantes y tendr\u00e1 potestad sancionadora. Esta figura, cuya creaci\u00f3n corresponde al Ministerio de Justicia, y las funciones que le otorga la ley son algunos de los puntos que m\u00e1s incertidumbres generan en los expertos. En ambos casos, la Leyobliga a la creaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de canales de denuncias suficientemente seguros que garanticen la confidencialidad admitiendo tanto las an\u00f3nimas como las identificativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, surgen dudas acerca de si la norma es lo suficientemente tajante como para motivar a quien se plantee dar el paso y comunicar una irregularidad, al hacer descansar la concesi\u00f3n de la protecci\u00f3n en la existencia de \u00abmotivos razonables para pensar que la informaci\u00f3n referida es veraz\u00bb, razones que la norma no concreta. El fomento de la cultura de la denuncia no es un empe\u00f1o menor y exige seguridades incuestionables. La inercia, particularmente en nuestro pa\u00eds, ha llevado frecuentemente a mirar a otro lado y desvelar un delito reviste casi siempre un car\u00e1cter heroico.<\/p>\n\n\n\n<p>Junto a todo lo anterior cabe destacar la falta en Espa\u00f1a de una estrategia firme y organizada de lucha contra la corrupci\u00f3n. Evidencia que enlaza con otra paralela, extraordinariamente grave: la permisividad de los para\u00edsos fiscales. A pesar de la nueva Ley, la denuncia del poder fraudulento sigue requiriendo grandes dosis de audacia, largueza y altruismo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La ley espa\u00f1ola exige a las empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores y organismos p\u00fablicos con m\u00e1s de 250 empleados implantar canales de denuncia internos Art\u00edculo publicado en El Correo (28\/08\/2023) Los da\u00f1os infringidos por la corrupci\u00f3n en la salud de un pa\u00eds son cuantiosos: costes pol\u00edticos, sociales, econ\u00f3micos y medioambientales, entre otros. 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