Artículo publicado en Agenda Pública (15/05/2024)
El pasado 9 de mayo, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó un proyecto de resolución en el que determinó que “el Estado de Palestina cumple las condiciones necesarias para ser Miembro de las Naciones Unidas conforme al Artículo 4 de la Carta de las Naciones Unidas y, por consiguiente, debería ser admitido como Miembro de las Naciones Unidas”. Por tanto, “recomienda que el Consejo de Seguridad reconsidere favorablemente el asunto”. Con esto, la Asamblea General no otorga a Palestina la condición de Estado miembro de pleno derecho de la ONU, pero sí reconoce que cumple los requisitos para serlo y así se lo transmite al Consejo de Seguridad.
Conviene recordar que la solicitud para ser Estado miembro de la ONU se traslada, en primer lugar, al Secretario General y este la envía al Consejo de Seguridad y a la Asamblea General. De modo que para que un Estado sea admitido como miembro de las Naciones Unidas es necesaria la aprobación, por un lado, del Consejo de Seguridad, y después, el apoyo de dos tercios de todos los Estados miembros de la Asamblea General. En el Consejo de Seguridad tan solo participan quince Estados, cinco de los cuales pueden impedir la aprobación de las resoluciones mediante el ejercicio del veto. Son los famosos Estados miembros permanentes (Estados Unidos, Rusia, China, Reino Unido y Francia). En las deliberaciones de la Asamblea General, por el contrario, participan los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas, cada uno con un voto.
El texto de la Asamblea señala a continuación que, “con carácter excepcional y sin sentar precedente” se concede a Palestina “derechos y prerrogativas de participación adicionales” que consisten en lo siguiente: 1) puede ocupar un asiento entre los Estados miembros; 2) puede inscribirse en la lista de oradores y hacer uso de la palabra en los debates de la Organización de Naciones Unidas; 3) puede hacer declaraciones en nombre de un grupo de Estados; y 4) puede hacer propuestas para su inclusión en el orden del día y participar en las conferencias de las Naciones Unidas. La resolución termina destacando una limitación: “el Estado de Palestina, en su calidad de Estado observador, no tiene derecho a votar en la Asamblea General ni a presentar su candidatura a los órganos de Naciones Unidas”.
Votaron a favor de conceder derechos adicionales a Palestina 143 Estados. Nueve votaron en contra –Israel, Estados Unidos, Argentina, Hungría, la República Checa, Micronesia, Papúa Nueva Guinea, Nauru y Palau–. Y se abstuvieron 25 países, entre ellos, varios europeos –Austria, Alemania, Croacia, Italia, Países Bajos, Suecia, Suiza, Ucrania y Reino Unido–.
A esta resolución le antecede una petición de reconocimiento de Palestina propuesta por Argelia ante el Consejo de Seguridad el pasado 18 de abril de 2024. El voto negativo de Estados Unidos en el Consejo impidió que se aprobara el texto sobre la admisión del Estado de Palestina como Miembro de las Naciones Unidas. Por tanto, fue este veto de Estados Unidos en el Consejo el que llevó a la Asamblea General a considerar la cuestión el pasado 9 de mayo.
Sobre el estatuto de Estado miembro de Naciones Unidas de Palestina existe otro antecedente aún más remoto. En 2012 Estados Unidos rechazó admitir a Palestina como Estado miembro, y la Asamblea General le otorgó el extraño estatuto de “Estado observador no miembro”, que también ostenta, curiosamente, la Santa Sede desde 1964. Los Estados observadores se sientan en la Asamblea General detrás de los Estados miembros. Como Estado observador, la bandera de Palestina ondea fuera del edificio de la ONU en Nueva York, ligeramente separada de las banderas de los Estados miembros.
También ha habido algunos triunfos. Palestina consiguió ser aceptado como Estado miembro de pleno derecho en la UNESCO (31 de octubre de 2011). Aprovechó tal vez que la UNESCO es una organización en la que no hay un órgano similar al Consejo de Seguridad de la ONU. Eso sí, Estados Unidos, enojado por la entrada de Palestina, decidió retirarse de esta Organización. El tiempo ha llevado a la paradoja de que varios lugares palestinos figuren en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO. El ejemplo más reciente se produjo en septiembre de 2023, cuando inscribió como patrimonio de la humanidad las ruinas neolíticas de Tel es-Sultan, cerca de Jericó (Cisjordania), gestionadas por la Autoridad Palestina.
La Autoridad Palestina también solicitó que la Corte Penal Internacional ejerciera su competencia sobre los crímenes cometidos en los territorios palestinos ocupados por Israel, incluido el Este de Jerusalén. Se adhirió al Estatuto de la Corte Penal Internacional y se convirtió así en Estado parte en el tratado internacional desde el 1 de abril de 2015. Esto no implica el reconocimiento de Palestina como Estado porque la Corte Penal Internacional es un órgano judicial al que no se atribuyen competencias políticas. Sin embargo, se aceptó dicha ratificación (sin que implique reconocimiento). Y esto permitió que unos años después, la Fiscalía de la Corte determinara que se daban las condiciones para iniciar una investigación judicial sobre los crímenes de guerra cometidos en los territorios palestinos. El actual Fiscal, Karim Khan, visitó Israel y la Cisjordania ocupada en diciembre de 2023.
No es casual que la Resolución del pasado 9 de mayo de la Asamblea General coincidiera en el tiempo con el plan anunciado por algunos Estados de reconocer a Palestina como Estado. Entre los que planean dar este paso se encuentran España, Irlanda, Eslovenia y Malta.
Ahora bien, conviene tener presente que reconocer a un Estado no es lo mismo que aceptarlo como Estado miembro en las Naciones Unidas. De hecho, reconocer a Palestina como Estado no es un acto especialmente novedoso en el marco de la comunidad internacional. Son 143 los Estados de la Organización de las Naciones Unidas que reconocen a Palestina (142 de los 193 Estados miembros de pleno derecho más la Santa Sede). Es decir, el 73% de los Estados miembros de Naciones Unidas ya reconoce a Palestina como Estado.
El reconocimiento es un acto político, libre y voluntario, que viene precedido de la constatación, por parte de quien reconoce, de que concurren en dicha entidad los elementos básicos de la estatalidad: un gobierno, un territorio, una población y la capacidad de ejercer soberanía. La admisión como Estado miembro, por su parte, está sometido a un procedimiento previsto en la Carta de Naciones Unidas.
A Palestina le agradaría tanto que la ONU le otorgue la condición de Estado miembro, como ser reconocido como Estado por otros cuatro países (cuantos más mejor). Pero su existencia política depende de sí mismo, de erradicar el terrorismo de Hamás, y de estar en condiciones de sostener en el tiempo todo lo que conlleva ser un Estado soberano con relación a otros (mantener relaciones diplomáticas y firmar tratados internacionales, entre otras acciones habituales). Dado que gran parte del territorio palestino es objeto de ocupación, y dada su limitada capacidad para asumir las funciones de gobierno –competencias territoriales y personales–, en el actual estado de cosas, se trataría de un reconocimiento necesario, pero, en todo caso, a día de hoy, provisional y condicionado.
Más allá de su alcance limitado, la Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas es una gran victoria para Palestina. Y quizás un paso hacia la solución de dos Estados.
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