«Lo que está en juego no es solo la continuidad de una misión desplegada desde hace 35 años, sino el significado mismo del derecho de libre determinación y la capacidad de Naciones Unidas para garantizarlo», escribe la profesora María López Belloso.
Artículo publicado en lamarea (03/11/2026)

El enfrentamiento entre Estados Unidos y Rusia deja en el aire la presencia de Naciones Unidas en el Sáhara Occidental. Pero detrás de los vetos se esconde una cuestión más profunda: ¿puede resolverse un proceso de descolonización sin que su población decida libremente su futuro?
El 30 de octubre de 2026, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas protagonizó un episodio inédito en sus esfuerzos por resolver el conflicto del Sáhara Occidental. Tras décadas de renovaciones periódicas, no logró ponerse de acuerdo para prorrogar el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), cuyo vencimiento estaba previsto para el 31 de octubre.
La incapacidad para alcanzar un acuerdo no responde únicamente a las crecientes tensiones entre las grandes potencias. Refleja una transformación más profunda del proceso de paz: el desplazamiento progresivo de la libre determinación del pueblo saharaui hacia una negociación centrada en la propuesta de autonomía bajo soberanía marroquí. Lo que está en juego no es solamente la continuidad de una misión desplegada desde hace 35 años, sino el significado mismo del derecho de libre determinación y la capacidad de Naciones Unidas para garantizarlo.
Dos proyectos de resolución, ninguna solución
La crisis se desencadenó con la presentación de dos proyectos de resolución que representaban visiones contrapuestas del futuro del territorio.
Estados Unidos propuso, mediante el documento S/2026/868, prolongar un año la misión, pero introduciendo cambios sustanciales. El más visible era eliminar la palabra «Referéndum» de su denominación, rebautizándola como MINUSO. El más trascendental, sin embargo, consistía en establecer la propuesta de autonomía presentada por Marruecos en 2007 como única base de las futuras negociaciones, considerando la autonomía bajo soberanía marroquí como la solución más viable. A pesar de recibir 11 votos favorables, la propuesta fue bloqueada por el veto de Rusia.
Moscú presentó entonces un texto alternativo, el S/2026/870, que proponía prorrogar durante doce meses el mandato existente sin modificar sus funciones ni prejuzgar el resultado de las negociaciones. Solo recibió tres apoyos (Rusia, China y Somalia), frente al voto contrario de Estados Unidos y once abstenciones. No alcanzó, por tanto, los nueve votos necesarios para su aprobación, incluso al margen del rechazo estadounidense.
Más allá del bloqueo derivado de los vetos cruzados, las intervenciones realizadas durante el debate pusieron de manifiesto las contradicciones entre los argumentos políticos y jurídicos. La ONG Western Sahara Resource Watch recoge que Estados como Dinamarca y Letonia votaron a favor del texto estadounidense, pero aclararon en sus explicaciones de voto que su postura no constituía un reconocimiento formal de la soberanía marroquí ni prejuzgaba el resultado final del proceso, reiterando su compromiso formal con la libre determinación. Sin embargo, tal como había advertido el Secretario General de las Naciones Unidas en su informe S/2026/781 del 1 de octubre de 2026, la libre determinación exige lógicamente que el pueblo saharaui conserve la libertad de rechazar la propuesta marroquí. Al consolidar la autonomía bajo Marruecos como marco exclusivo, la propuesta vetada estrechaba el abanico de opciones legítimas, una incoherencia denunciada durante la sesión por la delegación de Argelia.
Sin embargo, reducir este episodio a una rivalidad entre potencias oculta una cuestión fundamental: ¿hasta qué punto puede el Consejo de Seguridad redefinir las condiciones de un proceso de descolonización sin predeterminar su resultado?
De la promesa del referéndum a la autonomía como única opción
Para entender la trascendencia de esta decisión hay que remontarse a 1991, cuando el Consejo de Seguridad creó la MINURSO mediante la resolución 690, en el marco del acuerdo de alto el fuego alcanzado entre Marruecos y el Frente Polisario.
Aunque las discrepancias sobre los criterios de identificación de los votantes retrasaron considerablemente el proceso, la MINURSO logró completar esta tarea a finales de 1999. De las más de 244.000 solicitudes registradas, identificó a 86.386 personas con derecho a participar en la consulta, según las listas provisionales elaboradas por Naciones Unidas (S/2000/131 de 17 de febrero de 2000). Sin embargo, la presentación de más de 130.000 recursos, en un contexto de profundas discrepancias entre las partes, paralizó la culminación del proceso electoral. Como ha documentado el jurista Juan Soroeta, el fracaso del referéndum no puede atribuirse simplemente a la imposibilidad de elaborar un censo, sino que debe entenderse también por la oposición de Marruecos a celebrar una consulta que incluyera la independencia como opción.
Treinta y cinco años después de la creación de la MINURSO, el referéndum sigue pendiente, mientras el marco diplomático se ha desplazado progresivamente desde la celebración de una consulta de autodeterminación hacia la búsqueda de una solución política negociada, cada vez más centrada en la propuesta marroquí de autonomía. La resolución 2797 de octubre de 2025 ya había situado el plan marroquí de autonomía como base de las negociaciones, reconociendo que una autonomía genuina podría constituir la solución más viable. Sin embargo, el proyecto estadounidense de 2026 pretendía dar un paso más: convertir una propuesta política concreta en la única base negociadora.
Esta distinción no es meramente semántica. La autonomía puede constituir una fórmula legítima de libre determinación, pero su legitimidad depende de que sea aceptada libremente por el pueblo titular de ese derecho. Si la soberanía marroquí constituye una condición previa inamovible, la libertad para decidir el estatuto político del territorio queda sustancialmente limitada.
Es importante recordar los argumentos jurídicos esenciales de este conflicto: el Sáhara Occidental sigue siendo un territorio pendiente de descolonización desde 1963. La Corte Internacional de Justicia (1975) rechazó que los vínculos históricos alegados por Marruecos invalidaran el derecho de libre determinación, mientras que el Tribunal de Justicia de la UE (2024) reafirmó que el pueblo saharaui es titular de ese derecho y que su consentimiento resulta esencial para los acuerdos internacionales aplicables al territorio. Estas decisiones evidencian una contradicción fundamental: mientras el derecho internacional exige respetar la voluntad del pueblo saharaui, las iniciativas diplomáticas tienden a restringir las opciones para ejercerla.
Una misión limitada, pero imprescindible
Las dificultades para celebrar el referéndum han contribuido a presentar la MINURSO como una misión fallida. Sin embargo, desde la ruptura del alto el fuego en noviembre de 2020, su presencia sigue siendo fundamental para observar las hostilidades, investigar incidentes y mantener canales de comunicación entre las partes.
Esta incertidumbre refleja una crisis más amplia del mantenimiento de la paz. Como advierte Richard Gowan, del International Crisis Group, las divisiones entre las grandes potencias han debilitado la capacidad de Naciones Unidas para sostener estas operaciones. Desde 2014, el Consejo de Seguridad no ha autorizado nuevas misiones de mantenimiento de la paz. Experiencias como la retirada de la MINUSMA de Malí muestran los riesgos de desmantelar mecanismos internacionales de estabilización sin alternativas adecuadas. En el Sáhara Occidental, esta fragilidad se agrava por una carencia histórica: la MINURSO no tiene un mandato específico de supervisión de los derechos humanos, mientras que el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos no ha podido visitar el territorio desde 2015.
Las consecuencias de la incertidumbre política se proyectan sobre una crisis humanitaria que se prolonga desde hace décadas. Según el Plan de Respuesta de Naciones Unidas para 2026-2027, unas 173.600 personas refugiadas viven en los campamentos de Tinduf, donde el 64% de los hogares encuestados sufría inseguridad alimentaria moderada o grave en 2024. La falta de financiación obligó a reducir las raciones alimentarias un 30% durante parte del periodo 2023-2025.
Aunque la asistencia humanitaria no depende directamente de la MINURSO, su desaparición podría agravar la inestabilidad regional y dificultar la coordinación de seguridad. Preservar la misión resulta importante, pero no suficiente: ni la ayuda humanitaria ni la contención militar pueden sustituir una solución política que garantice el derecho de libre determinación del pueblo saharaui.
¿El fin de una misión o el debilitamiento de un principio?
El bloqueo de octubre de 2026 constituye una advertencia sobre las limitaciones del multilateralismo contemporáneo. Los mecanismos de mantenimiento de la paz dependen de acuerdos políticos que pueden desaparecer precisamente cuando las circunstancias sobre el terreno hacen más necesaria su continuidad.
Marruecos interpreta la no renovación como una oportunidad para consolidar su posición. Estados Unidos y otros miembros del Consejo defienden que el proceso necesita superar el bloqueo histórico del referéndum. Rusia, por su parte, rechaza que una resolución internacional pueda anticipar la solución sobre la soberanía del territorio, y el Frente Polisario lo interpreta como una victoria del multilateralismo.
Todas estas posiciones responden a intereses políticos y diplomáticos distintos. Pero ninguna modifica por sí sola el estatuto jurídico del Sáhara Occidental ni extingue el derecho de libre determinación de su pueblo.
La cuestión decisiva no debería ser únicamente cómo conservar una misión que no ha logrado completar su objetivo original, sino cómo transformar su presencia en una garantía efectiva para alcanzar una solución legítima y justa. Para ello, Naciones Unidas necesita preservar su capacidad de observación sobre el terreno, mantener abierto un proceso negociador genuino y asegurar que cualquier fórmula política cuente con la aceptación libre del pueblo saharaui. Porque el fracaso de un referéndum no significa que haya desaparecido el derecho que debía garantizar. Y la incapacidad del Consejo de Seguridad para alcanzar un acuerdo no puede convertirse en una forma indirecta de resolver el conflicto sin quienes tienen derecho a decidir su futuro.
María López Belloso es doctora en Derecho y derechos humanos y profesora en la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de la Universidad de Deusto.
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