Artículo publicado en Noticias de Gipuzkoa (27/01/2024)
Desde el 22 de enero hasta el 20 de febrero Francia ha prohibido la pesca comercial en aguas de su jurisdicción en el Atlántico, con la finalidad de proteger a los delfines en el Golfo de Vizcaya. El motivo para decretar dicha prohibición es el notable incremento de varamientos que se ha detectado en las costas francesas, especialmente en los meses de invierno, presentando, frecuentemente, indicios de interacción con artes de pesca, al detectarse marcas de redes sobre sus cuerpos.
La prohibición de pesca por interacción es una medida sin precedentes en nuestro entorno. Ciertamente, la normativa comunitaria permite la adopción de medidas de mitigación para reducir las capturas accidentales de especies sensibles. De hecho, respecto a los cetáceos, desde 2002, es obligatorio para los buques con una eslora total igual o superior a doce metros de determinadas pesquerías el uso de dispositivos acústicos de disuasión. Igualmente, la Ley 5/2023, de pesca sostenible e investigación pesquera, contempla la posibilidad de adoptar medidas para la conservación o protección de las especies marinas protegidas que podrían ser capturadas de forma accidental.
En esa línea, como consecuencia de un recurso interpuesto por varias ONGs, Francia, desde marzo de 2023, ha ido aprobando distintas normas hasta que, finalmente, el 22 de diciembre, el Consejo de Estado, con fundamento en el Reglamento UE 1380/2013, decidió suspender las excepciones que hasta la fecha existían al cierre espaciotemporal de la pesca en las aguas del Golfo de Vizcaya.
Precisamente, para cumplir con esa medida de urgencia adoptada por Francia, España publicó, en el BOE de 20 de enero de 2024, la Orden APA/24/2024, lo que ha supuesto que en las aguas de la zona económica exclusiva de Francia de la zona 8 del CIEM los buques pesqueros con una eslora total superior a 8 metros que utilicen artes de arrastre de fondo a la pareja, de cerco, artes menores de enmalle y/o enredo, volanta y rasco, no puedan faenar entre el 22 de enero y el 20 de febrero de 2024.
Los medios de comunicación se han hecho eco de esta situación. No obstante, la cuestión es mucho más compleja y para comprender dicha complejidad es preciso tener en cuenta los objetivos de la Política Pesquera Común (PPC). Tales objetivos consisten en garantizar que las actividades de la pesca sean sostenibles ambientalmente a largo plazo y se gestionen de forma coherente para generar beneficios económicos, sociales y de empleo, y contribuir a la disponibilidad de productos alimenticios. Casi nada.
La verdad es que cumplir con todos esos objetivos al mismo tiempo resulta prácticamente imposible. Es más, si no se lleva a cabo una política de gestión adecuada, corremos el riesgo de que nuestro sector pesquero desaparezca. Si no existe un equilibrio entre el cuidado de nuestros mares, para que las especies no desaparezcan, y el cuidado de nuestro sector pesquero, corremos el riesgo de aumentar la brecha de seguridad y soberanía alimentaria.
PUBLICIDAD
La propia UE viene advirtiendo sobre la importancia de garantizar la seguridad alimentaria y de cuidar la cadena de suministro de alimentos, más si cabe tras la experiencia vivida tras la covid 19 y la invasión ilegal de Ucrania por parte de Rusia.
Pero como veremos a continuación, las medidas que se aplican en la UE y la práctica de determinados Estados a nivel mundial amenazan seriamente todo ello.
Esta es la clave: no debiéramos descuidar que para vivir necesitamos agua, alimentos y energía. Si a nivel mundial no avanzamos de manera coordinada, acabaremos plenamente sometidos a aquellos Estados que no respetan ninguno de los valores y principios de la UE, pues controlarán nuestras necesidades básicas en un mundo insostenible y abocado a la desaparición.
En suma, es necesario proteger y fomentar nuestro primer sector. En esta ocasión, nos centramos en la pesca. Veamos cuál es la situación respecto a las medidas que amenazan al sector y, por tanto, a la seguridad alimenticia.
Curiosamente, el 19-01-2024 se publicó en el DOUE la Decisión UE 2024/366 del Consejo, en la que se recoge la Posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y en la Reunión de las Partes en el Acuerdo relativo al programa internacional para la conservación de los delfines (APICD). En concreto, se recogen los principios y las orientaciones a considerar. De ambos se deduce lo endeble de los objetivos de la PPC, al reconocerse que a nivel mundial existen incoherencias entre la PPC y las prácticas de los buques de pesca de determinados Estados, condiciones de competencia que no son equitativas y Estados que siguen sin aplicar el Convenio 188 OIT sobre el trabajo en la pesca (2007). Son manifestaciones del dumping social que padece nuestra flota. En fin, los términos que en esta Posición se utilizan, como que la UE buscará, tratará o se esforzará, demuestran la fragilidad de la UE.
De hecho, existen contradicciones, incluso en algo tan básico para poder cumplir con el Objetivo 14 de los ODS como resulta ser el concepto de pesca artesanal y, por tanto, sostenible. Así, la definición de la UE, contemplada en el Reglamento 2021/1139 resulta mucho más restrictiva que las derivadas de convenios internacionales. Al respecto resulta de gran interés la Resolución del Parlamento Europeo de 19-01-2023 sobre la Situación de la pesca artesanal en la UE y perspectivas de futuro.
Además, no debemos olvidar que la UE importa tres cuartas partes del pescado que consume y que existe un problema respecto a las garantías desiguales de seguridad sanitaria en estas importaciones, no sujetas a trazabilidad de la red a la mesa.
Un serio problema para que nuestro sector pesquero subsista es la descarbonización de la flota, fruto de los ambiciosos objetivos del Pacto Verde UE y, más concretamente, de la Estrategia sobre la transición energética en el sector de la pesca y la acuicultura de la UE (2023). Sobre esta cuestión resulta de gran interés el Dictamen de 12-07-2023 del Comité Económico y Social Europeo (CESE). En el mismo se advierte de que si no se hacen las cosas bien se producirá un incremento desproporcionado de costes que no podrán repercutirse en los precios de venta del pescado, ya que lo convertirán en un artículo de lujo; de pérdidas empresariales; de precariedad; y de desempleo. En consecuencia, se afirma que el coste de la transición no debe ser insoportable para los empresarios y trabajadores de los diferentes sectores marítimos, y que no puede dejarse a nadie atrás.
El reto es mayúsculo si tenemos en cuenta que hoy por hoy el 100% de los buques pesqueros se mueven gracias a diésel; el precio de los combustibles hipocarbónicos renovables de origen no vegetal que se proponen como alternativa duplican a los de diésel y su disponibilidad sigue siendo demasiado baja; cualquier cambio de fuente energética requiere buques de diseño inédito y con mayor tonelaje bruto que resulta incompatible con la capacidad pesquera establecida por la PPC; se requieren recursos para formar a las tripulaciones ante las nuevas tecnologías a bordo; y, para todo ello, es necesario una fuerte financiación por parte de la UE y sus Estados miembro y contar con soberanía energética.
Otro gran problema es la restricción de las artes de fondo que se viene proponiendo, cuando estas representan un tercio de la capacidad total pesquera y dan lugar al 38% de los ingresos generados por la flota en la UE. Como indica el CESE, en otro de sus Dictámenes, también de 12-07-2023, debiera analizarse el progreso en la recuperación de las especies antes de sopesar la adopción de más medidas restrictivas.
Ante todo ello, el Parlamento Europeo, en su Resolución de 09-05-2023 aboga por la cogestión de la pesca, pese a reconocer que en la UE faltan legislación, instrumentos y mecanismos para facilitar su aplicación. Por ello, recurre a la definición ofrecida por la FAO y pone como algunos ejemplos de buenas prácticas las experiencias llevadas a cabo, entre otros, en Galicia, Cataluña y Andalucía.
En Euskadi todo ello debiera llamarnos a la reflexión para profundizar en la colaboración público-privada y, sobre todo, comprender que si las partes interesadas no se organizan y planifican conjuntamente están abocadas a desaparecer. Simplemente, no nos lo podemos permitir. Profesor de Derecho laboral de la Universidad de Deusto
Deja una respuesta