Artículo publicado en el blog Legal Today (28/12/2022)
Una aplicación de control parental estimó que los niños pasan alrededor de 67.000 minutos al año en redes sociales, lo que equivale a más de 46 días completos. Es decir, el 12% de su tiempo al año va destinado a estas aplicaciones.
El artículo 13 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal prohíbe a los menores de catorce años, salvo que tengan el consentimiento de sus padres o tutores, crear un perfil en redes sociales como Instagram.
No obstante, existe poca seguridad en torno a la veracidad de la edad de los usuarios, ya que no se debe aportar ningún documento que compruebe la edad. Es decir, la mentira está al alcance de cualquiera y de hecho, en un estudio realizado por la aplicación Tiktok, se detectaron un total de 7.263.952 cuentas sospechosas pertenecientes a personas con edad inferior a la permitida. La propia aplicación sigue considerando un reto crear un entorno seguro y por ello, sigue esforzándose en detectar aquellas cuentas que no respetan los requisitos.
¿No sería más adecuado aportar un documento de identidad?
El hecho de aportar el documento de identidad al crear una cuenta en una red social evitaría muchos problemas con los ya conocidos “haters” porque estos, en multitud de ocasiones, se aprovechan del anonimato para sobrepasar los límites del respeto y de la libertad de expresión. Además, el conflicto de los menores de edad quedaría resuelto puesto que se encontrarían con una barrera a la hora de mentir.
No obstante, muchos usuarios consideran que el anonimato les proporciona libertad y un lugar ajeno a los prejuicios y que si los perfiles fueran asociados a una persona esa libertad desaparecería.
¿Es el uso de los seudónimos suficiente para mantener la libertad?
Ante el reto de proporcionar un lugar seguro donde la gente se sienta libre para expresarse, siempre dentro del respeto, el uso de los pseudónimos parece una opción adecuada. De esta manera, los usuarios podrían seguir sintiendo que se encuentran en un lugar ajeno a los prejuicios porque el nombre real no sería visible para los demás usuarios, pero la aplicación tendría mecanismos para detectar a las personas que incumplen las reglas y normas porque habrían aportado previamente un documento de identidad.
¿Habría tráfico ilegal con DNI falsos?
Si se obligara a aportar un documento de identidad a la hora de crear un perfil en redes sociales, no siempre se cumpliría el objetivo de que los menores no crearan cuentas o que las faltas de respeto desaparecieran. En conclusión, el gobierno debería hacer frente a otro problema: el control sobre los documentos de identidad falsos. Las entidades públicas podrían derivar esa responsabilidad a las propias aplicaciones, pero habría que analizar qué esfuerzo harían estas.
¿Dejarían estas aplicaciones de tener éxito?
Ciertos usuarios afirman que pese a usar un seudónimo, se sentirían inseguros a la hora de dar la opinión si tuvieran que aportar el DNI puesto que podrían verse afectados de cara al futuro. Los valores, la cultura y la manera de pensar evolucionan y una persona no debería quedar atada a lo que publicó cuando la situación sociocultural y su propia madurez era diferente.
Evidentemente, esta propuesta podría solucionar diversos problemas que se dan en la actualidad, no obstante, tiene puntos negativos que deberían ser compensados por las aportaciones que proporciona. Lo cierto es que hoy en día ningún país ha adoptado esta medida, al menos para la aplicación de Twitter, tratándose esta de una de las más polémicas.
Es evidente que el anonimato en las redes sociales deriva en diversos problemas tales como las cuentas que se dedican a acosar a “influencers”, personas vulnerables del entorno etc. Además, la ley prohíbe a los menores de 14 años crear un perfil en una red social, sin embargo, ¿existe suficiente seguridad para saber que se cumple este requisito?
Una aplicación de control parental estimó que los niños pasan alrededor de 67.000 minutos al año en redes sociales, lo que equivale a más de 46 días completos. Es decir, el 12% de su tiempo al año va destinado a estas aplicaciones.
El artículo 13 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal prohíbe a los menores de catorce años, salvo que tengan el consentimiento de sus padres o tutores, crear un perfil en redes sociales como Instagram.
No obstante, existe poca seguridad en torno a la veracidad de la edad de los usuarios, ya que no se debe aportar ningún documento que compruebe la edad. Es decir, la mentira está al alcance de cualquiera y de hecho, en un estudio realizado por la aplicación Tiktok, se detectaron un total de 7.263.952 cuentas sospechosas pertenecientes a personas con edad inferior a la permitida. La propia aplicación sigue considerando un reto crear un entorno seguro y por ello, sigue esforzándose en detectar aquellas cuentas que no respetan los requisitos.
¿No sería más adecuado aportar un documento de identidad?
El hecho de aportar el documento de identidad al crear una cuenta en una red social evitaría muchos problemas con los ya conocidos “haters” porque estos, en multitud de ocasiones, se aprovechan del anonimato para sobrepasar los límites del respeto y de la libertad de expresión. Además, el conflicto de los menores de edad quedaría resuelto puesto que se encontrarían con una barrera a la hora de mentir.
No obstante, muchos usuarios consideran que el anonimato les proporciona libertad y un lugar ajeno a los prejuicios y que si los perfiles fueran asociados a una persona esa libertad desaparecería.
¿Es el uso de los seudónimos suficiente para mantener la libertad?
Ante el reto de proporcionar un lugar seguro donde la gente se sienta libre para expresarse, siempre dentro del respeto, el uso de los pseudónimos parece una opción adecuada. De esta manera, los usuarios podrían seguir sintiendo que se encuentran en un lugar ajeno a los prejuicios porque el nombre real no sería visible para los demás usuarios, pero la aplicación tendría mecanismos para detectar a las personas que incumplen las reglas y normas porque habrían aportado previamente un documento de identidad.
¿Habría tráfico ilegal con DNI falsos?
Si se obligara a aportar un documento de identidad a la hora de crear un perfil en redes sociales, no siempre se cumpliría el objetivo de que los menores no crearan cuentas o que las faltas de respeto desaparecieran. En conclusión, el gobierno debería hacer frente a otro problema: el control sobre los documentos de identidad falsos. Las entidades públicas podrían derivar esa responsabilidad a las propias aplicaciones, pero habría que analizar qué esfuerzo harían estas.
¿Dejarían estas aplicaciones de tener éxito?
Ciertos usuarios afirman que pese a usar un seudónimo, se sentirían inseguros a la hora de dar la opinión si tuvieran que aportar el DNI puesto que podrían verse afectados de cara al futuro. Los valores, la cultura y la manera de pensar evolucionan y una persona no debería quedar atada a lo que publicó cuando la situación sociocultural y su propia madurez era diferente.
Evidentemente, esta propuesta podría solucionar diversos problemas que se dan en la actualidad, no obstante, tiene puntos negativos que deberían ser compensados por las aportaciones que proporciona. Lo cierto es que hoy en día ningún país ha adoptado esta medida, al menos para la aplicación de Twitter, tratándose esta de una de las más polémicas.
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