-I-

Para mañana, 15 de octubre de 2025, se han convocado por muchos sindicatos distintos paros e incluso una huelga general, supuestamente, para apoyar a Palestina.

En realidad, llega tarde el movimiento sindical para condenar lo sucedido en Palestina. Y ese llegar tarde hace que nos debamos preguntar si, verdaderamente, los paros y la huelga general son por Palestina. Es más, cabe plantearse si esos paros y huelgas son conformes a la legalidad.

Decimos que el movimiento sindical llega tarde porque el último conflicto palestino-israelí comenzó el 7 de octubre de 2023, cuando la organización terrorista Hamas asesinó a unos 1400 judíos y secuestró a unos 250. La verdad es que llama poderosamente la atención que Hamas pudiera penetrar tan fácilmente en territorio controlado por Israel y cometer esta barbarie… Pero muchos de los que ahora protestan callaron entonces. Los derechos humanos deben defenderse siempre y para todos, y toda violencia, provenga de quien provenga, debe denunicarse.

Pero la mayor barbarie comenzó cuando Israel comenzó, pocos días después, a arrasar la franja de Gaza, superando, con creces, su derecho a la legítima defensa. Miles de inocentes, niños, ancianos, civiles todos, han sido asesinados desde entonces. A falta de del reconocimiento oficial por las instancias internacionales competentes, estamos, realmente, ante un verdadero genocidio, conforme a la definición que se contempla en el artículo 2 de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, de 9 de diciembre de 1948.

Muchos pacifistas y humanistas han protestado desde entonces por estos hechos atroces y han pedido reiteradamente el cese de la violencia y la necesidad de alcanzar la paz.

Quien suscribe estas líneas siempre ha defendido como punto de partida para la paz en esos territorios la Resolución 181 de la Asamblea General de la ONU, de 29 de noviembre de 1947, que aboga por el reconocimiento dos Estados independientes, uno árabe y otro judío, en lo que puede traducirse, actualmente, como el reconocimiento del Estado palestino junto al Estado israelí. Ciertamente, el conflicto palestino-israelí no comenzó el 7 de octubre de 2023, ya que la negación por parte de Israel del Estado palestino, la ocupación por parte de Israel de territorios que no le debieran corresponder y la vulneración de derechos humanos por parte de Israel para con los palestinos vienen de muy lejos, principalmente, desde la declaración del Estado israelí en 1948.

También defiende quien suscribe estas líneas que la organización terrorista Hamas deponga las armas y ponga fin a su existencia, así como que se constituya un régimen democrático en Palestina, con respeto de todos y cada uno de los derechos humanos reconocidos en los principales tratados internacionales.

Dicho esto, llama la atención que los sindicatos hayan tenido que sumarse a las iniciativas de organizaciones pacifistas y pro derechos humanos, sin ser ellos quienes lideren las iniciativas. Pero esto no es nuevo. Así ha sucedido, por ejemplo, también con el movimiento de los pensionistas. Y hay muchos colectivos a la espera de su intervención: becarios, trabajadores extranjeros en situación administrativa irregular, personas que sufren la trata de seres humanos, víctimas de la economía irregular… Es decir, las clases más vulnerables, las que ni siquiera tienen un contrato de trabajo, resultan con demasiada frecuencia invisibles también para muchos sindicatos. Tal vez porque carecen de la posibilidad de afiliarse o de votar a sus candidaturas a las elecciones a órganos de representación unitaria. O tal vez porque a algunos sindicatos les resulte más interesante la defensa de los empleados públicos o la de los trabajadores de las grandes empresas.

También se les echa de menos para denunciar conflictos como el del Sahara, en el que, por cierto, el Gobierno español sigue teniendo una gran responsabilidad, más si cabe tras la última decisión del Presidente del Gobierno español al respecto, o el derivado de la invasión rusa de Ucrania.

Igualmente, parece inadmisible que no se pronuncien, por ejemplo, sobre el hecho de que la Supercopa de España de fútbol se dispute en Arabia Saudí, un país que vulnera sistemáticamente los derechos humanos, especialmente, de las mujeres y de los trabajadores migrantes.

Del mismo modo, podrían protestar por las relaciones comerciales con países antidemocráticos como China o dictatoriales como Cuba o Venezuela, por citar algunos ejemplos. Por no hablar de las relaciones con los países árabes que vulneran derechos humanos de todo tipo.

Claro está, todo esto se menciona aquí con el objetivo de mostrar que siempre cabe la posibilidad de ponerse muy exquisito y protestar por casi todo en un mundo lleno de injusticias, muchas de ellas por nuestra connivencia con el orden internacional vigente, fruto de una descolonización inacabada o llevada a cabo de manera inadecuada, y, principalmente, por ayudar a fomentar sociedades terriblemente egoístas e individualistas, carentes de ética y con exigencia inmediata de muchos derechos y poca voluntad para cumplir con las obligaciones más básicas en una democracia. Un claro ejemplo de esto ultimo es que más allá de las protestas legítimas, se recurre con demasiada facilidad a la violencia, como se ha podido observar en la Vuelta ciclista a España, o que, en las huelgas convocadas, los piquetes, con demasiada frecuencia, son algo más que meramente informativos, olvidando que no cabe coaccionar a los no huelguistas, ni tampoco forzar a los establecimientos de autónomos a que cierren.

Pero retomando, de nuevo, el conflicto palestino-israelí, el movimiento sindical convocante de los paros y de la huelga general para el 15 de octubre llega sobre todo tarde porque Hamas ya ha dejado en libertad a los rehenes que todavía seguían con vida y el ejército israelí ha comenzado a abandonar la franja de Gaza.

Obviamente, queda mucho por hacer y ahora también por reconstruir. Esperemos, además, que los países pudientes, con Estados Unidos y el propio Israel a la cabeza, abandonen las ideas que, sin ningún tipo de reparo, han hecho públicas durante los últimos meses, y que resultan totalmente indecentes, al referirse a que Gaza constituye una gran oportunidad de mercado y una mina de oro inmobiliaria.

Entonces, si además de llegar tarde ahora nos encontramos con una luz para la esperanza ¿qué sentido tienen los paros y la huelga?

-II-

Es más, como se ha anticipado, cabe plantearse incluso si no se trata de una huelga política, y por tanto ilegal. Ciertamente, debe recordarse que conforme al artículo 11.a) del Real Decreto-ley 17/1977, la huelga es ilegal cuando se inicie o se sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.

En ese sentido, conforme al Comité de Libertad Sindical de la OIT, si bien las huelgas de naturaleza puramente política no están cubiertas por los principios de la libertad sindical, los sindicatos deberían poder organizar huelgas de protesta, en particular para ejercer una crítica contra la política económica y social del gobierno. Pero, no es menos cierto, que, como reconociera la STS 4ª, de 30 de enero de 1989, con fundamento, precisamente, en un informe del referido Comité, «están fuera de la protección del derecho de huelga y rebasan el amparo debido a la libertad sindical los paros «que no revistan un carácter profesional o que tienen por objeto ejercer presiones sobre el Gobierno en materia política, o que van dirigidos contra la política del Gobierno sin que su objeto sea un conflicto de trabajo» (F.D. 16º).

En todo caso, la clave pasa por determinar qué debe entenderse por intereses profesionales de los huelguistas.

Al respecto, la STC 36/1993, de 8 de febrero, recuerda que la STC 11/1981, si bien con referencia a la huelga de solidaridad [artículo 11 b) del Real Decreto-ley 17/1977], tuvo oportunidad de decir que «los intereses defendidos durante la huelga no tienen por qué ser necesariamente los intereses de los huelguistas, sino los intereses de la categoría de los trabajadores» y que el calificativo profesional empleado por el artículo 11 b) del Real Decreto-ley 17/1977 «ha de entenderse referido a los intereses de los trabajadores en cuanto tales» (F.J. 3º).

Pues bien, a nuestro entender, con los paros y la huelga general convocados para defender a Palestina se persiguen objetivos por completo ajenos al interés profesional de los trabajadores. Incluso los eventuales intereses profesionales que cabría invocar resultan marginales frente al objetivo primordial de influir en el debate político sobre la necesidad de romper las relaciones militares, comerciales y diplomáticas con Israel, y sobre la necesidad de que ni los gobiernos ni las empresas deben comprar ni vender nada a Israel.

-III-

Más delicada puede resultar la situación de aquellas empresas que mantienen relaciones comerciales con Israel. Entre nosotros el ejemplo paradigmático lo constituye la empresa Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF), con motivo de haber participado en la construcción de una línea de tranvía en Jerusalén que transcurre por territorios ocupados de la Cisjordania Palestina.

Pues bien, en estos casos, como ha sucedido con CAF, debe recordarse la importancia de las Líneas Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para Empresas Multinacionales sobre la Conducta Empresarial Responsable. En verdad, son recomendaciones dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales que enuncian principios y normas voluntarias para una conducta empresarial responsable. Por tanto, estamos ante un instrumento de soft law. Pero, pese a ello, una valoración negativa puede tener importantes repercusiones sociales para las empresas. De ahí la importancia de respetar las recomendaciones que emite el correspondiente Punto Nacional de Contacto.

Asimismo, cuando el Punto Nacional de Contacto da por cerrado el seguimiento de un determinado caso, se permite a la empresa afectada mostrarse ante la sociedad como diligente con los derechos humanos.

Centrando la atención en el concreto caso de CAF, la labor desarrollada por el Punto Nacional de Contacto español y el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por este órgano por la empresa CAF han permitido superar las distorsiones que sobre esta empresa han producido determinadas protestas y denuncias sociales, y aclarar que no es suficiente con señalar o afirmar que una empresa vulnera el Derecho Internacional, a tenor de la literalidad de determinados preceptos de instrumentos internacionales.

Todo comenzó cuando determinados agentes sociales denunciaron que CAF no respeta el Derecho Internacional y se convierte en colaborador de Israel en la ocupación y colonización de Palestina.

Por el contrario, el Punto Nacional de Contacto español decidió en junio de 2023, tras un largo proceso iniciado en 2021, cerrar el seguimiento del caso.

En el informe presentado por CAF, a requerimiento del Punto Nacional de Contacto español, se alegó que la ilegalidad de la ocupación no conlleva la ilegalidad de la infraestructura. Es más, el proyecto contribuye a que la potencia ocupante del territorio, Israel, cumpla con su obligación de dar de manera eficaz ciertos servicios básicos también a la población civil.

Para un análisis detenido del caso CAF puede consultarse el texto de la comunicación que presenté en el XIII Congreso Internacional de Ciencias Jurídico-Empresariales sobre «Ética, compliance y derechos humanos en organizaciones», celebrado en la Escuela Superior de Tecnología y Gestión del Instituto Politécnico de Leiria (Portugal), el 12 de diciembre de 2024, bajo el título «La protección de derechos humanos a través de las Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE: El caso de la empresa Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF)».